STSJ País Vasco , 1 de Marzo de 2005

PonenteEMILIO PALOMO BALDA
ECLIES:TSJPV:2005:895
Número de Recurso2972/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Social

Voces:

· Despidos y extinción de contrato RECURSO Nº: 2972/2004 N.I.G. 00.01.4-04/001378 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a uno de Marzo de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. DON JUAN CARLOS ITURRI GARATE, Presidente en funciones, DON EMILIO PALOMO BALDA y DOÑA MARIA JOSE MUÑOZ HURTADO, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por la sociedad estatal CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A., contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Donostia de fecha quince de Septiembre de dos mil cuatro , dictada en proceso sobre Despido (DSP), entablado por Jose Carlos frente a la hoy recurrente.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. EMILIO PALOMO BALDA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1).- El actor, Jose Carlos , ha venido prestando servicios laborales para la demandada Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, SA., mediante contratos laborales de duración determinada, que desde hace años se han venido celebrando entre las partes. El primero de dichos contratos se celebró el 4-7-1997 en la modalidad de interinidad y su duración fue hasta 18-7-1997. Las posteriores contrataciones e intervalos que aparecen en la certificación de sercios aportada (folio 27) y reconocida por el demandante.

El último contrato de trabajo se suscribió el día 10 de abril de 2000, siendo parte como empleadora la entidad Pública empresarial Correos y Telegrados. Obra incorporada a los autos una copia del contrato que aparece registrado en la oficina de empleo de Donostia-San Sebastián el dia 14 de abril de 2000, siendo suscrito bajo la cobertura del artículo 4 del Real Decreto 2729/1998 . con objeto de "sustituir a D. Evaristo ", en situación de "desempeño de otro puesto" Se establece como causa de la extinción" la incorporación del trabajador sustituido, la extiención de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo o por el vencimiento del plazo legal o convenionalmente establecido para la reincorporación". El actor prestó servicios en Lasarte.

De acuerdo con la certificación de servicios el actor prestó servicios en el año 2000 los días 7, 21 y 24 de enero; entre el 6 y el 8 de marxo, del 15 al 20 de marzo, el 4 de abril, del 5 al 6 de abril, y desde el 10 de abril de 2000 -en virtud del anterior contrato de interinidad- hasta el 9 de mayo de 2004 initerrumpidamente.

La categoria del actor es la de N11 Auxliar de Reparto en moto y el salario que percibía antes de finalizar el último contrato era de 1.321,16 euros al mes, según el promedio de las retribuciones brutas con prorrata de pagas en los cuatro meses del año 2004 en que prestó servicios.

2).- El actor recibió una comunicación de la empresa con fecha 19 de abril de 2004 con el siguiente contenido: "En primer lugar quiero transmitirle mi felicitación y la de Correos, porque Vd. se encuentra en el listado de los 8.000 seleccionados que van a ocupar un puesto de trabajo fijo en Correos. Como consecuencia de lo anterior dispone hasta el 22 de abril para presentar la petición de destino y si reúne los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria (reconocimiento médico, documentación, etc.) el próximo día 10 de mayo de 2004 Vd. quedará contratado en la plaza que la corresponda de acuerdo con su posición en la lista definitiva de seleccionados. De esta forma su relación laboral eventual con Correos quedará extinguida el próximo 9 de mayo de 2004".

3).- El actor solicitó tomar parte en las pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, dentro del proceso denominado de consolidación de empleo temporal en la Sociedad Estatal Correos y Telegrafo. Como consecuencia de esta participación y en función de la puntuación obtenida resutló apto y selecciónado para cubrir plaza como personal laboral fijo con el nº de orden 3172 plaza correspondiente al Grupo Profesional IV Reparto-1 (moto) en Santa Cruz de Tenerife. El actor no ha formalizado el contrato de trabajo para ocupar dicho destino.

4).- La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA se contituye en virtud de la Ley 14/2000 de 29 de diciembre , de Medideas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (BOE 30-12-2000) y según su artícuo 58.2.2 desde la fecha de la inscripción en el Registro Mercantil asume todas las funciones que en momento d ela entrada en vigor de la Ley asumía la Entidad Pública Empresarial Correos y Telegrados, subrogándose en la condición de operador habilitado para la prestación del servicio postal universal. De acuerdo con el número 16 del mismo precepto, "el personal laboral de la entidad pública empresarial Correos y Telégrafos, SA., quedará integrado en la Sociedad Estatal Correos y Telegrafos, SA, desde la fecha de la inscripción en el Registro Mercantil de su escritura de constitución, conservando sus contratos con la antigüedad, categoría y retribuciones que tuvieran consolidaddos en la entidad pública y con pleno respeto a los derechos y situaciones administrativas que tuvieran reconocidas (....)".

La inscripción de la escritura de constitución de la nueva sociedad en el Registro Mercantil tiene lugar el 29 de junio de 2001.

El día 16-12-2002 se suscribe el primer Convenio Colectivo de Personal laboral de la Sociedad Estatal Correos y çtelegrados que se publica en el BOE el 13 de febrero de 2003.

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