STSJ Murcia 514, 25 de Abril de 2006

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2006:514
Número de Recurso465/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución514
Fecha de Resolución25 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00457/2006 ROLLO Nº: RSU 0465/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a veinticinco de Abril de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por don Luis Andrés , contra la sentencia número 11/06 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 13 de enero de 2.006, dictada en proceso número 889/05 , sobre Despido, y entablado por don Luis Andrés frente a Sercomosa.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- don Luis Andrés , vino trabajando para la empresa Sercomosa, con actividad de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria municipal; y lo hizo desde el 2-1-1991, con la categoría de Peón de recogida de basura nocturna, aunque realmente realizaba tareas de

Peón de limpieza viaria, manejando un soplador para apartar las hojas y las basuras de los setos y poderlo recoger posteriormente con escoba. Con centro de trabajo en Molina de Segura, Avd. del Parque nº 6, aunque realmente se realizaba por las vías urbanas del referida término municipal. Con salario incluida prorrata de extras de 67,62 euros día, lo mismo a efectos de trámite. No es Representante de los trabajadores. SEGUNDO.- El actor inició incapacidad temporal el día 26 de julio de 2.005, derivado de accidente no laboral, constando una patología consistente en: tendinitis de muñeca derecha. La empresa sospechando que el trabajador venía prestando servicios estando en incapacidad temporal, para otra empresa y sin dar de alta en Seguridad social, procedió a contratar a un detective privado para su seguimiento. TERCERO.- El actor los días 3, 5 y 6 de octubre, por lo menos, trabajó para la empresa Fontanería y Calefacción Mar Menor S.L, Hermanos Imperial, situada en la C/ Pikio nº 44 de Molina de Segura. En concreto el día 3 de octubre para la citada empresa realizó tareas indeterminadas de fontanería en el interior del Instituto de Enseñanza secundaria Francisco de Goya, sito en la C/ Caravaca de Molina de Segura, para lo cual se traslado en el vehículo matrícula YA-....-Ub , donde permaneció desde poco después de las 8 de la mañana hasta las 13,40 horas. El día cinco de octubre, en la furgoneta de titularidad de la empresa MU- 3891-BH, acudió a la avd. Reina de Murcia, de la Urbanización Altorreal, donde instaló el sistema de riego, labor que realizó desxde poco después de las 8,00 horas de la mañana hasta las 13,39 horas. Por la tarde acudió a la empresa y posteriormente a una vivienda sita en la C/ Unión nº3 de Molina de Segura, donde cortó la llave de paso del agua exterior, introduciéndose en la vivienda donde realizó tareas de fontanería hasta las 15,56 horas, posteriormente se trasladó a la vivienda en la que había estado durante la mañana, donde continuó realizando tareas instalación del riego hasta las 18,46 horas. El día 6 de octubre, tras pasar por la empresa, se dirigió a la C/

Fulgencio Miñano nº 29 de Molina de Segura, donde se introdujo Fulgencio Miñano nº 29 de Molina de Segura, donde se introdujo en una vivienda donde...

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