STSJ Comunidad de Madrid 825/2006, 31 de Octubre de 2006

PonenteMANUEL RUIZ PONTONES
ECLIES:TSJM:2006:10893
Número de Recurso2502/2006
Número de Resolución825/2006
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON MARIA ROSARIO GARCIA ALVAREZ MANUEL RUIZ PONTONES

RSU 0002502/2006

T.S.J. MADRID SOCIAL SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00825/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2006 0015415, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 0002502 /2006

Materia: DESPIDO DISCIPLINARIO

Recurrente/s: Jorge

Recurrido/s: AUTOS TRES CANTOS SL

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de MADRID de DEMANDA 0000425

/2004 DEMANDA 0000425 /2004

Sentencia número: 825/06-L

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

MANUEL RUIZ PONTONES

En MADRID a treinta y uno de Octubre de dos mil seis, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia,

compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACIÓN 0002502 /2006, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. JUAN PABLO MENDOZA GOMEZ, en nombre y representación de Jorge, contra el auto de fecha 31.01.06, dictado por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 001 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0000425 /2004, seguidos a instancia de Jorge frente a AUTOS TRES CANTOS SL, parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. AINOA GONZALEZ DIAZ, en reclamación por ejecución, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MANUEL RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó el auto referenciado anteriormente.

SEGUNDO

En dicho auto recurrido en suplicación se consignaron los siguientes hechos:

  1. - Mediante sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de 31.05.05, fue declarada la improcedencia del despido del actor, otorgándose a la empresa opción entre la readmisión o el pago de la indemnización legal. La empresa optó por la primera mediante escrito de 15.06.05, instando la reincorporación del demandante el día 21.06.05 a las 8 de la mañana.

  2. - Mediante escrito presentado el día 12-09-05, que se tiene por reproducido, la parte actora promovió incidente de readmisión irregular, que ha dado lugar a comparecencia celebrada en fecha 13.12.05, con el resultado que consta en autos.

  3. - A raíz de la celebración de ese incidente, recayó auto de fecha 22.12.05, que se tiene por reproducido, desestimando las pretensiones del actor.

  4. - Contra ese auto ha interpuesto recurso de reposición la parte actora mediante escrito presentado el día 03.01.06, con ingreso en este Juzgado al día siguiente, que se tiene por reproducido.

  5. - Conferido traslado a la parte contraria, ha impugnado el recurso mediante escrito presentado el día 24.01.06, con ingreso en este Juzgado al día siguiente, que se tiene por reproducido.

TERCERO

En dicho auto recurrido en suplicación se emitió la siguiente parte dispositiva:

Que desestimando el recurso de reposición interpuesto por la parte actora contra el auto de 22 de diciembre de 2005, confirmo éste en todos sus extremos.

CUARTO

Frente a dicho auto se anunció recurso de suplicación por la parte demandante tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 16.05.06, dictándose las correspondientes y subsiguientes decisiones para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 19.09.06 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho se formulan por esta Sección de Sala los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al auto de 31 de enero de 2006 que desestima el recurso de reposición interpuesto contra el auto de 22 de diciembre de 2005 que desestimaba la pretensión del trabajador de que se declarase extinguida la relación laboral al considerar que se había producido una readmisión irregular, la representación letrada del demandante interpone recurso de suplicación formulando dos motivos destinados a la revisión fáctica y a la censura jurídica.

En el primer motivo, al amparo del artículo 191 b) de la LPL, interesa:

  1. - La incorporación de un nuevo hecho del siguiente tenor:

    "Con anterioridad al despido llevado a cabo por la empresa el 26-03-2004, el señor Nieto disponía de las llaves del taller y códigos de alarma, reconociendo la empresa que en la actualidad y desde su reincorporación no dispone de ellas", que no puede prosperar al no concretarse desde que fecha dejó de disponer de las llaves de taller y de los códigos de alarma; además, la adición es intrascendente a la parte dispositiva de la resolución recurrida, por lo que posteriormente se indicará.

  2. -La modificación del hecho cuarto...

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