STSJ Andalucía , 12 de Septiembre de 2002

PonenteMARIA CRISTINA GIMENEZ MORENO
ECLIES:TSJAND:2002:12064
Número de Recurso758/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 758/2.002 Sentencia nº : 1.557/2.002 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES Ilma. Srª. Dª. Mª CRISTINA GIMENEZ MORENO En Málaga a doce de septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por CHRISTER HALLIN contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº siete, ha sido ponente la Ilmª. Srª. Dª. Mª CRISTINA GIMENEZ MORENO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Gabino sobre Despido, siendo demandado CHRISTER HALLIN habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 8 de enero de 2.002 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. ) D. Gabino , mayor de edad y domiciliado en San Pedro de Alcántara, desempeña su actividad por cuenta del "Christer Erik Hallin" desde el 4-9-00, ostentando la categoría profesional de y percibiendo una retribución mensual de 133.516 ptas. por todos los conceptos. Ello a virtud de contrato indefinido que aparece unido a los autos y se da aquí por reproducido. Realizó una prestación anterior entre el 3-3-99 y el 2-9-00.

  2. ) El actor resultó detenido el lunes 8-10-01, quedando en libertad el día 9 de octubre. Se personó el día 10 siguiente en el establecimiento, solicitando su reincorporación y estableciéndose una disputa con el empresario. Finalmente el actor abandonó el establecimiento.

  3. ) Se da aquí por reproducida la siguiente documental:

    Telegrama remitido por la empresa el 15-10-01, comunicándosele la baja voluntaria por abandono del trabajo desde el día 8-10-01. No entregado por ausencia.

  4. ) Interpuesta papeleta de conciliación el 5-11-01, se tuvo por intentada sin efecto el 22-11-01.

    Compareció a dicho acto la empresa demandada.

  5. ) La demanda jurisdiccional se interpuso el 22-11-01.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La empresa CHRISTER HALLIN interpone Recurso de Suplicación contra la Sentencia de instancia que desestimando la excepción alegada de caducidad estima parcialmente la demanda formulada por el actor en reclamación de Despido declarando al mismo como Improcedente , articulando un primer motivo al amparo del apartado b) del Art. 191 de la L.P.L. con objeto de revisar los hechos declarados probados a la vista de las pruebas obrantes en autos para solicitar la adición de un nuevo ordinal del siguiente tenor literal : " El actor no ha dejado acreditado que solicitara a la empresa la suspensión de su contrato de trabajo por la causa establecida en el Art. 45.1 g) del Estatuto de los Trabajadores ", alegando que debe ser el actor el que justifique haber solicitado a la empresa la suspensión de su contrato de trabajo por la causa establecida en el precepto que menciona , entendiendo que el mismo no opera automáticamente , correspondiéndole la carga de la prueba al demandante de conformidad con el Art. 217.2 de la L.E.C. Pedimento de reforma fáctica que ni puede prosperar porque la empresa recurrente no pretende variar en su intento revisor del relato histórico de la sentencia de instancia los hechos base del pronunciamiento judicial , sino incorporar en el relato fáctico una norma jurídica , su exégesis y consecuencias jurídicas predeterminantes del fallo. La...

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