STSJ Comunidad Valenciana 1928/2008, 10 de Junio de 2008

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2008:2863
Número de Recurso1478/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1928/2008
Fecha de Resolución10 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

1928/2008

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Rec. C/Sent. Nº 1478/08

Recurso contra Sentencia núm. 1478 de 2008

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

En Valencia, a diez de junio de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1928/08

En el Recurso de Suplicación núm. 1478/08, interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de octubre de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Trece De Valencia, en los autos núm. 221/07, seguidos sobre Despido, a instancia de Dª Marisol y Dª. Leticia asistidas por el Letrado D. Vicente López Beneyto, contra CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA y la empresa MEPABAN, S.A. asistida por el Letrado D. Ginés Puigdoménech Girbau, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 23 de octubre de 2007 dice en su parte dispositiva: "

FALLO: Que debo desestimar y desestimo las demandas de Despido formuladas por Marisol y Leticia, contra la CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT VALENCIANA y la empresa MEPABAN S.A., absolviendo a las demandadas de las pretensiones deducidas en su contra, al no haber existido despido, sino extinción de los contratos temporales que ligaban a las trabajadoras con la Consellería."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "

Primero

Las dos demandantes que a continuación se dirá, con expresión de sus circunstancias personales, vinieron prestando servicios para la Consellería demandada, con categoría y funciones de Auxiliar de Librería, Grupo D, nivel 10 y complemento específico B:

Nombre y Apellidos DNI Num Antigüedad Puesto Trab. Salario Mensual

Marisol 52675204 20.11.1989 14349 1.382 euros

Leticia 25423342 20.11.1989 14350 1.380 euros

Segundo

Ambas actoras suscribieron en las mismas fechas los siguientes Contratos Temporales, de idéntico contenido: -El 20.11.1989 contratos de duración determinada al amparo del R/D 2104/84, para atender circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, que finalizaron en ambos casos el 10.06.1990.- El 11.06.1990 contratos de duración determinada al amparo del R/D 2104/84 para sustituir trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo, cuya duración se establecía hasta la provisión reglamentaria del puesto, siendo el objeto en los dos casos las funciones de auxiliar de librería.- Los contratos mencionados obran unidos a la documental de las actoras.- Tercero.- La Subsecretaría General Administrativa de Presidencia de la Generalitat, remitió a ambas demandantes cartas de idéntico texto, excepto en los que respecta al número de puesto-NUM000 Sra. Marisol y NUM001 Sra. Leticia-fechadas el 13.12.06, comunicándoles el Preaviso de la finalización de los contratos de trabajo de duración determinada, del siguiente tenor literal: "De conformidad con lo dispuesto en el artículo52.c) del Real Decreto 1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 8 del II convenio colectivo del personal laboral al servicios de la Administración Autonómica, se le comunica que el día 15/1/2007 se producirá la extinción del contrato de trabajo que tiene usted suscrito con la Presidencia de la Generalitat Valenciana, debido a la amortización del puesto de trabajo que usted ocupa. Se adjunta resolución de la Dirección General de Administración Autonómica de fecha 1 de diciembre de 2006 de inicio del procedimiento de amortización del puesto número NUM000 (NUM001) Auxiliar de Librería.- Asimismo, le notificamos que en la fecha indicada cesará usted en esta administración, debiendo presentarse en el departamento de personal el día 15 de enero al objeto de firmar el cese, entregarle la liquidación, certificado de empresa y demás gestiones oportunas".(Docs.1 y 9 actora).- A las cartas se acompañaban sendas resoluciones de la Dirección General de Administración Autonómica de fecha 1.12.2006 acordando iniciar el procedimiento de amortización de los puestos de trabajo n° 1349 (Auxiliar Librería) y 1350 (Auxiliar Librería), y de extinción de los contratos de trabajo suscritos por las ocupantes de los puesto aquí demandantes, previa denuncia de los mencionados contratos (Docs.2 y 10 parte actora).- Los ceses se produjeron en la fecha indicada (Docs.6 y 13 parte actora).- Cuarto.- Por Dos resoluciones de la Dirección General de Administración Autonómica de fecha 16.01.07 se acordó la amortización de los puestos de trabajo NUM000 y NUM001 que ocupaban las demandantes y que se diera de baja en la relación de puestos de trabajo con efectividad desde la fecha de dicha resolución.- Las resoluciones mencionadas, que constan en el...

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