STSJ Cataluña , 23 de Octubre de 2003

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2003:10492
Número de Recurso195/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso ordinario número 195 de 1.999 Partes: Generalitat de Catalunya contra el Ayuntamiento de Sabadell y la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación 65 Ripoll 4, Molí de la Potassa SENTENCIA Nº 760 Ilmos. Sres.

Presidente Manuel Quiroga Vázquez Magistrados Manuel Táboas Bentanachs Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de octubre de dos mil tres.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de la Generalitat de Catalunya, representada y defendida por su Letrado, contra el Ayuntamiento de Sabadell, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Quemada Ruiz y defendido por la Letrado Sra. Cusco, siendo parte codemandada la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación 65 Ripoll 4 Molí de la Potassa, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Castrodeza Vía y defendida por el Letrado Sr. Carrera Pinchete, en relación con actuaciones de gestión urbanística, siendo la cuantía del recurso indeterminada, y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.

Segundo

Conferido traslado a la parte demandada comparecida, el Ayuntamiento de Sabadell, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendió aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

Tercero

Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes comparecidas presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 6 de octubre de 2.003.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación del Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Sabadell de 24 de noviembre de 1.998, desestimando recurso ordinario interpuesto por la Junta d'Aigües de Catalunya el día 4 de agosto de 1.998 contra la asamblea general extraordinaria de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación 65 Ripoll 4, de 9 de marzo de 1.998.

Se interesa en la demanda la declaración de nulidad del acuerdo impugnado, declarándose que la superficie de terreno aportado por la Junta d'Aigües, hoy Agència Catalana de l'Aigua, a la citada unidad de actuación, es de un total de 6.600 metros cuadrados.

Segundo

Debe rechazarse en primer lugar la causa de inadmisibilidad opuesta...

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