STSJ Comunidad de Madrid 407/2006, 14 de Marzo de 2006
Ponente | BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA |
ECLI | ES:TSJM:2006:5226 |
Número de Recurso | 801/2005 |
Número de Resolución | 407/2006 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RAMON VERON OLARTEANGELES HUET DE SANDEJUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIUJOSE LUIS QUESADA VAREABERTA MARIA SANTILLAN PEDROSAMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITAJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 00407/2006
SENTENCIA Nº 407
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Dª. Ángeles Huet Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
D. José Luis Quesada Varea
Dña. Berta Santillán Pedrosa
Dña. Margarita Pazos Pita
D. Juan Ignacio González Escribano
En la Villa de Madrid, a catorce marzo del año dos mil seis.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo de este Tribunal Superior de Justicia, constituida por los Sres. expresados al margen, el presente recurso de apelación, número 801/05, contra el Auto de fecha 14 de octubre de 2005, dictado en el procedimiento abreviado número 455/05, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 17 de Madrid , en el que es parte apelante don Lucio , asistido por la Letrada Doña Teresa Tejero Zarza.
En el proceso contencioso-administrativo de referencia el día 14 de octubre de 2005, se dictó Auto cuya parte dispositiva acuerda el archivo del recurso por no haber acreditado el Letrado la representación que afirma ostentar del recurrente. Previamente, por providencia de 2 de septiembre de 2005, se había conferido al actor un plazo de diez días, bajo apercibimiento de archivo, para que acreditase su representación del recurrente. Y ante el incumplimiento de dicho requerimiento se dicta posteriormente el auto aquí apelado por el que se archiva el recurso por esta causa.
Contra dicha resolución, la Letrada doña Teresa Tejero Zarza, afirmando actuar en representación de don Lucio , interpuso recurso de apelación en el que solicitaba la revocación de la resolución recurrida. Formulando oposición al mismo el Abogado del Estado.
Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 28 de febrero de 2006, en que tuvo lugar.
En la tramitación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales.
Es ponente la Magistrada doña Berta Santillán Pedrosa.
El acto administrativo impugnado en el recurso contencioso administrativo del que esta apelación trae causa deniega presuntamente la solicitud de caducidad del procedimiento de expulsión incoado al actor D. Lucio .
Presentado el escrito de interposición del recurso contencioso, por el Juzgado, mediante providencia, fue apreciada la ausencia del requisito consistente en la aportación del documento justificativo de la representación del interesado que se arrogaba la Letrada doña Teresa Tejero Zarza. Concedido un plazo para la subsanación de dicha falta, el Letrado aporta exclusivamente su nombramiento como Letrado del turno de oficio por el Colegio de Abogados de Madrid. Y subsistiendo la falta de acreditación de la representación se dicta el auto de archivo aquí apelado. La decisión judicial se fundamenta en el art. 24 de la LEC, en relación con el art. 23.1 de la LJCA , dada la ausencia de representación del Letrado.
Contra esta resolución se alza la parte recurrente en apelación, alegando los siguientes argumentos: primero, el nombramiento de oficio del Letrado director y el hecho de que la designación de oficio alcanza no sólo a la asistencia letrada, sino también a la representación, unido a que la propia Administración ha aceptado la representación del interesado por dicho Letrado; segundo, en que la voluntad...
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