STSJ Andalucía , 16 de Marzo de 2006

PonenteDon Victoriano Valpuesta
ECLIES:TSJAND:2006:809
Número de Recurso592/2001
ProcedimientoDon Victoriano Valpuesta
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.

SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA.

RECURSO Nº 592/2001.

(Registro General 2.261/2001)

SENTENCIA

Iltmo. Sr. Presidente

Don Ruperto Martínez Morales.

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez.

Don Enrique Gabaldón Codesido.

En la ciudad de Sevilla, a dieciséis de marzo del año dos mil seis.

La Sala en Sevilla de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso número 592/2001, interpuesto por doña María Virtudes, representada por el Procurador don Jacinto Gracia Sáinz y defendida por Letrado, contra el Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado, representado y defendido por el Letrado don Jesús Antonio de la Rosa Ortiz. La cuantía del recurso es de 319.555 pesetas. Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Don Victoriano Valpuesta Bermúdez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 4 de julio del 2000 ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huelva, contra la resolución de 26 de abril del 2000 desestimatoria de la reclamación patrimonial de perjuicios deducida por la recurrente ante el Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado el día 22 de noviembre de 1999.

SEGUNDO

En el escrito de demanda la recurrente solicitó que se dictara sentencia por la que se declarara nulo el acto objeto del recurso y, asimismo, se declarara su derecho a ser indemnizada por la referida Administración en la cantidad de 319.555 pesetas, más intereses y costas.

TERCERO

En el escrito de contestación a la demanda, la Administración se opuso a las pretensiones del recurrente, y pidió se dictara sentencia por la que se desestimara íntegramente la demanda.

CUARTO

Recibido el recurso a prueba, y tras practicarse la propuesta que fue admitida, se cumplimentó el trámite de conclusiones; señalándose para deliberación, votación y fallo el día de ayer, en el que, efectivamente, se ha votado y fallado.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales, salvo determinados plazos por la acumulación de asuntos que pende en esta Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Al amparo de lo previsto en el artículo 106.2 de la C.E. y artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se reclama por la recurrente la indemnización ascendente a la suma de 319.555 pesetas, como consecuencia del accidente sufrido el día 29 de marzo de 1999, a las 14 horas, por don Fermín, cuando, según relata, conduciendo con su autorización la furgoneta Citroen, D-....-U, por el polígono industrial El Lirio de dicha localidad, haciéndolo por calle prolongación de calle Labradores con dirección a la empresa La Tiesa, SAT, "la parte inferior del vehículo impactó con un registro de la red de alcantarillado del lugar, que sobresalía de la calzada unos veinte centímetros aproximadamente", resultando con daños el vehículo cuyo costo total de reparación asciende a la suma expresada. Alega la recurrente que no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR