STSJ Galicia , 28 de Junio de 2002

JurisdicciónEspaña
Fecha28 Junio 2002

MARIA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución:

Recurso núm. 281/2000 MRA ILMO. SR. D. JOSE Mª CABANAS GANCEDO PRESIDENTE ILMA. SRª. Dª. MARIA ANTONIA REY EIBE.

ILMO. SR. D. PABLO SAAVEDRA RODRÍGUEZ.

A Coruña, a veintiocho de junio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación Núm 281/2000 interpuesto por DON Gonzalo contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. DOS de A Coruña siendo Ponente

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Gonzalo en reclamación de DESEMPLEO siendo demandado INEM en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 487/99 sentencia con fecha veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y nueve por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero.- El actor Don Gonzalo solicitó subsidio de desempleo por retornado el 17-3-99 que le fue reconocido por resolución de 18-3-99 por el periodo de 18-3-99 al 8- 2-2000, cuantía 2.693 pesetas/ día, días reconocidos 321 y días consumidos 219, según expediente administrativo que se reproduce./

Segundo.- El actor retornó a España el 15-5-98, permaneciendo inscrito como demandante de empleo desde el 26-10-98 hasta el 9-2-99. Posteriormente volvió a inscribirse el 17-3-99.-/ Tercero.- Que se agotó la vía administrativa previa.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por DON Gonzalo contra el INEM, absolviendo al organismo demandado de los pedimentos contenidos en la misma."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo del recurso de suplicación aquí interpuesto, solicita, al amparo del apartado b) del articulo 191 de la Ley de Procedimiento laboral, la revisión del hecho probado segundo de la sentencia recurrida, al que solicita se añada la frase: "al actor le fue expedido su Documento Nacional de Identidad el 30 de septiembre de 1988", en base a la documental obrante al folio 9 de las actuaciones.

El motivo debe ser aceptado, aunque como veremos sea...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR