STSJ Cataluña , 23 de Julio de 2004

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2004:9187
Número de Recurso7141/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL DB ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS En Barcelona a 23 de julio de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 5728/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por Juan Pablo frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Terrassa de fecha 2 de julio de 2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 2/2003 y siendo recurrido Inss. Ha actuado como Po-nente el Ilmo. Sr. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 3 de enero de 2003 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Incapacidad temporal, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 2 de julio de 2003 que contenía el siguiente Fallo:

Desestimando la demanda promovida por Juan Pablo contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absuelvo a la Entidad Gesto-ra de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguien-tes:

  1. - El demandante inició situación de incapacidad temporal por enfermedad común el día 22-07- 1999 mientras prestaba servicios para la empresa Marta - , situación en la que permaneció hasta el día 10-04-2000 en que fue dato de alta médica.

  2. - En fecha 4-07-2000 el actor inició nuevo proceso de IT por enfermedad común mientras prestaba servicios para la empresa Bidons Egara, S.A., permaneciendo en la indicada situación hasta el día 3-01-2001 en que fue dado de alta y percibiendo la prestación de IT directamente a cargo del INSS desde 15-10-2000, fecha de extin-ción de su relación laboral con la empresa por fin de contrato.

  3. - Por resolucion de la Dirección Provincial del INEM de fecha 13/03/2002 al actor que fueron reconocidas prestaciones por desempleo por el periodo 9/2/2002 a 8/10/2002, sobre una base reguladora diaria de 48'42 euros.

  4. - En fecha 30-09-2002 causó nueva baja médica con el diagnóstico de enferme-dad pulmonar obstructiva crónica. En fecha 14-10-2002 solicitó del INSS el pago di-recto de la prestación de IT que le fue reconocido con efectos económicos de 9-10-2002 y con arreglo a una base reguladora diaria de 14.74 euros. Contra esta resolu-ción interpuso el actor reclamación previa en fecha 21-11- 2002 que fue desestimada por resolución de 11 de febrero de 2003.

  5. - El actor se halla diagnosticado desde abril de 1999 de enfisema pulmonar."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, Juan Pablo , que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugno, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna la actora el desfavorable pronunciamiento judicial desestima-torio de la pretensión que reitera al suplicar el denegado "dret a percebre la IT sobre la base reguladora de l'atur de 48,42 ¿ dia i en quantia equivalent al 60 per cent i amb efectes del 9.10.2002...", dirigiendo su primer motivo de recurso a precisar el contenido del segundo ordinal fáctico en el sentido para constatar como la "baja"

iniciada el 4 de julio de 2002 lo fue "por enfisema, enfermedad...

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