STSJ Comunidad Valenciana , 9 de Mayo de 2003

PonenteGEMA PALOMAR CHALVER
ECLIES:TSJCV:2003:3796
Número de Recurso1030/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

R. C. Semt. 1030/03 Recurso contra Sentencia núm. 1030/2003 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver En Valencia, a nueve de Mayo de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1942/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 1030/03, interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de Enero de 2003, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Valencia, en los autos núm. 926/02, seguidos sobre Desempleo, a instancia de Dª María Dolores , asisitdo del Letrado Jose Fco Pérez Llopis, contra INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 14 de Enero de 2003, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la demanda promovida por María Dolores contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, debo declarar y declaro el derecho del demandante a percibir la prestación de desempleo sobre una base reguladora de 21,172 euros, diarios, con efectos económicos desde el 8-3-02, condenando al demandado a estar y pasar por esta declaración y al abono del a prestación"

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"1.- La parte actora María Dolores , con D.N.I. nº NUM000 , nacida el 3-4- 76, prestó servicios laborales para la empresa Aurelio del 17-4-96 al 31-10-98, en virtud de contrato de trabajo a tiempo parcial con jornada de cuatro horas diarias, de 9'30 h. A 1,30 h. con categoría profesional de dependienta y salario mensual bruto, con prorrata de pagas extras de 63.238 pesetas. La actora, convive con su padre, Aurelio . 2.- El dia 7-3-02 se produjo la extinción del contrato de trabajo en la empresa Gabino , y la demandante solicitó del INEM el reconocimiento de las prestaciones de desempleo, el 21-3-02, que le fueron denegada, por no tener cubierto el periodo de cotización de doce meses, dentro del os últimos seis años, entendiendo que se trata de un negocio familiar, dándose la circunstancia de convivencia. No conforme con la citada resolución, interpuso reclamación previa, agotando con ello la vía administrativa. 3.- Las bases de cotización de los seis últimos meses del demandante son los siguientes: Septiembre-01 (1 dia): 3.500 pesetas. Octubre-01 (24 dias): 84.000 pesetas Noviembre - 01 (30 dias): 105.000 pesetas: Diciembre 01 (30 dias): 105.000 pesetas:

Enero-02 (31 dias): 631,06 euros. Febrero-02 (28 dias): 631,06 euros. Marzo-02 (7 dias): 147,24 euros.

Total 3.197 euros: 151 dias = 21,172 euros diarios. 4.- En los 6 años precedentes a la situación legal de desempleo la actora ha cotizado: Del 14-4-96 al 31-10-98 = 464 dias (50%). Del 11-12-00 a 7-4-01 = 118 dias. Del 10-9-01 al 10-09-01 = 1 dia. Del 10-9-01 al 16-09-01 = 7 dias. Del 8-10-01 al...

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