STSJ Andalucía , 17 de Septiembre de 2002

PonenteANTONIO LOPEZ DELGADO
ECLIES:TSJAND:2002:12402
Número de Recurso1444/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

6 SECCIÓN 1ª

M.D. SENTENCIA NÚM. 2572/2002 Autos 532/01 Almería 1 ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a diecisiete de septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1444/02, interpuesto por D. Juan Enrique contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. UNO de ALMERÍA en fecha 6 de septiembre de 2.001 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Juan Enrique en reclamación sobre DESEMPLEO contra INEM y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 6 de septiembre de 2.001, por la que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Juan Enrique frente al Instituto Nacional de Empleo debo confirmar y confirmo parcialmente la Resolución dictada por el Organismo demandado de fecha 24-04-01, declarando indebida la percepción de prestación de

Subsidio de desempleo por el actor, por el período correspondiente desde 28-10-98 a 09-03-99, sobre una base reguladora diaria ascendente a 2.268 pesetas, condenando al Organismo demandado a estar y pasar por la presente Resolución y absolviendo al mismo del resto de los pedimentos en su contra deducidos.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Que con fecha 19-10-98 se procedió por el Instituto Nacional de Empleo al dictado de Resolución en el sentido de comunicar al actor Don Juan Enrique con DNI nº NUM000 , la concesión de subsidio por desempleo por un período de 30-06-98 a 09-03-99, sobre una base reguladora diaria ascendente de 2.268 pesetas día, tal y como consta en autos al folio 26 que aquí tenemos por reproducido.

  2. - Que con fecha 23-02-99, se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social nº Dos de ésta Capital, en el sentido de declarar al actor en situación de Invalidez Permanente en el grado de total para su profesión habitual de Oficial 2ª, sobre una Base Reguladora mensual de 80.775 pesetas, por un importe 44.426 pesetas mensuales correspondientes al 55% de su Base reguladora más revalorizaciones por importe de 800 pesetas y con efectos desde 28-10-98 a 31- 03-99, siendo informado el actor por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de que el percibo de la pensión reconocida es compatible con el salario que pudiera percibir en la misma empresa o en otra distinta, con el alcance y las condiciones que se determinaren reglamentariamente, y en todo caso, con el ejercicio de una actividad distinta a aquella por la que fue declarado en situación de invalidez permanente con la consiguiente obligación de causar alta y cotizar por la nueva actividad, e incompatible con el incremento que en el actualidad percibe del 20%, debiendo poner esta circunstancia en conocimiento de la Dirección Provincial del INSS, tal y como consta a los folios 15 y 16 de autos, que aquí tenemos por reproducidos.

  3. - Que en fecha 03 de abril de 2001, se dicta Resolución por el Instituto demandado obrante en autos al folio 7 que aquí tenemos por reproducido en la que se acuerda comunicar al actor la percepción indebida de prestación por desempleo por importe ascendente a 245.701 pesetas, por...

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