STSJ Asturias , 26 de Octubre de 2001

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
ECLIES:TSJAS:2001:4425
Número de Recurso2775/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N°: RSU 2775/2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: SEGURIDAD SOCIAL.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de, GIJÓN Autos de origen: DEMANDA 138/2000 RECURRENTE/S: Luis Pedro RECURRIDO/S: INEM SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a veintiséis de Octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 2415/01 En el recurso de suplicación interpuesto por Luis Pedro contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N° 2 de GIJÓN de fecha diez de junio de dos mil, dictada en proceso sobre prestaciones desempleo, y entablado por Luis Pedro frente a INEM, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha diez de junio de dos mil por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, figura afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM000 , adscrito al Régimen General, habiendo iniciado la prestación de servicios por cuenta de la empresa Alegrin, S.L. el día 26 de diciembre de 1998 en virtud de contrato de trabajo ordinario por tiempo indefinido en tal fecha suscrito, asumiendo la categoría profesional de cocinero.

  2. - El 11 de junio de 1999 cesó aquel voluntariamente en el desarrollo de su cometido profesional.

  3. - En fecha 10 de julio del precitado último año el accionante celebró con la entidad Stella Canaris, S.A. un contrato de trabajo de duración determinada por circunstancias de la producción, con una duración inicial de dos meses, prorrogado en una ocasión por igual lapso de tiempo; aquél asumió la categoría profesional de ayudante de cocina.

  4. - La base de cotización del demandante para la contingencia de desempleo ascendió a 233.354 pesetas mensuales durante la vigencia del primer contrato y a 153.000 pesetas mes durante la del segundo.

  5. - Aquel interesó el 18 de octubre de 1999 el reconocimiento de su derecho a percibir...

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