STSJ Asturias , 27 de Abril de 2001

PonenteMARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2001:1919
Número de Recurso1850/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N° RSU 1850 /2000 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: SEGURIDAD SOCIAL .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de, OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 1220 /1999 RECURRENTE/S: Olga RECURRIDO/S: INEM SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a veintisiete de Abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA nº 1.123/01 En el recurso de suplicación interpuesto por Olga contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO de fecha diez de Marzo de dos mil, dictada en proceso sobre prestaciones por desempleo, y entablado por Olga frente al INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha diez de Marzo de dos mil por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La demandante desempeñó en el Ayuntamiento de Avilés el cargo de concejal con dedicación exclusiva desde el 15 de julio de 1995 al 24 de noviembre de 1997.

  2. - Durante el indicado período permaneció de alta en el Régimen General, cotizando por todas las contingencia incluida la de desempleo.

  3. - Con posterioridad al cese en el cargo prestó servicios laborales en la empresa Divulgación Avilesina Líder en Informática, S.L. en virtud de contrato de trabajo temporal iniciado el 1 de agosto de 1999 y finalizado el 18 de septiembre de 1999.

  4. - Solicitó a continuación la prestación por desempleo de nivel contributivo, que el INEM le denegó en resolución de fecha 7 de octubre de 1998, por no reunir en los últimos 6 años el período de ocupación cotizado de 360 días al no poder computarse las cotizaciones efectuadas como concejal del Ayuntamiento de Avilés.- La reclamación previa de la demandante, recibió expresa respuesta desestimatoria el 18 de noviembre de 1999.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de...

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