STSJ Comunidad Valenciana , 16 de Marzo de 2001
Ponente | MARIANO AYUSO RUIZ-TOLEDO |
ECLI | ES:TSJCV:2001:2376 |
Número de Recurso | 1328/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
2 R. 1328/1996.
SENTENCIA Nº 364 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Ilmos. Sres. :
Presidente :
JOSE DIAZ DELGADO.
Magistrados :
JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
D. MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO.
En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de marzo de dos mil uno. VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo nº 1328 de 1996, interpuesto por el Letrado Sr. Moret Iborra, en representación de la mercantil "Corporación de Inversiones Lis S.A.", contra los Decretos de la Alcaldía del Ayuntamiento de Alaquás de fechas 5 de febrero y 12 de marzo de 1996, por los que se acuerda la derivación de responsabilidad por afección de bienes en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, relativa al inmueble sito en el nº 30 del Camí Vell de Torrent. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Letrado de su Servicio Jurídico.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No se recibió el proceso a prueba, emplazándose a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 9 de marzo de 2001, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto por el Letrado Sr. Moret Iborra, en representación de la mercantil "Corporación de Inversiones Lis S.A.", contra los Decretos de la Alcaldía del Ayuntamiento de Alaquás de fechas 5 de febrero y 12 de marzo de 1996, por los que se acuerda la derivación de responsabilidad por afección de bienes en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, relativa al inmueble sito en el nº 30 del Camí Vell de Torrent.
La parte actora funda su pretensión impugnatoria en que la declaración de afección de bienes a efectos del Impuesto y consecuente derivación al proopietario actual se ha producido sin la previa declaración de fallido del sujeto pasivo contra el que se liquidó en periodo voluntario y se dirigió la providencia de apremio.
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