STSJ Cataluña , 17 de Noviembre de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2000:14710
Número de Recurso5743/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 5743/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL .asm ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA ILMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS En Barcelona a 17 de noviembre de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 9583/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Mercedes frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº16 Barcelona de fecha 19 de abril de 2000 dictada en el procedimiento nº 935/1999 y siendo recurrido el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de septiembre de 1999 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación derechos, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 19 de abril de 2000 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda formulada por Dª. Mercedes frente al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, debo absolver y absuelvo al demandado de todos los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1º.- La actora Dª. Mercedes , con D.N.I. NUM000 , presta sus servicios en la Guardería Infantil de la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de Barcelona, como persona laboral, con la categoría de Graduada Universitaria.

  1. - En fecha 28.1.99 solicitó reducción de jornada laboral de 1/3 por el período 1.2.99 a 31.7.2000, acompañada de escrito del Director de la Guardería (folios 36 y 37 que se dan por reproducidos).

    Dicha solicitud fue contestada por el Subdirector General de Gestión de Recursos Humanos (folio 38).

    En contestación al mismo, el Director de la Guardería envía otro fechado el 26.4.99 que damos por reproducido (folio 39).

  2. - En fecha 28.5.99 el Subdirector General de Gestión de Recursos Humanos, deniega la solicitud por las razones que expresa y se dan por reproducidas, recordando que la actora puede solicitar una excedencia de conformidad al art. 56.6.3.

  3. - El 16.6.99 la actora formuló reclamación previa que fue desestimada por resolución definitiva de fecha 4.10.99."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia denegatoria de la pretensión deducida por la reclamante (quien pretende el reconocimiento del derecho a una "reducción de jornada en dos horas") se alza dicha parte en suplicación para dirigir el primero de los motivos de su recurso a la revisión del cuarto hecho probado de la resolución impugnada con la finalidad de precisar el contenido de la Reclamación Previa reseñada en aquél.

Motivo que no puede prosperar, tanto por la condición de "antecedente" asignable a dicho acto preprocesal, como por su intrascendencia litigiosa.

SEGUNDO

Según resulta del incombatido relato judicial de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR