STSJ Galicia , 11 de Enero de 2002

PonenteJOSE MARIA ARROJO MARTINEZ
ECLIES:TSJGAL:2002:73
Número de Recurso7365/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0007365 /1998 -F (Comisión)

EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 42 2.002 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE. DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA DOÑA Mª DOLORES RIVERA FRADE En la ciudad de A Coruña, a once de Enero de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0007365 /1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D./Dª. Jaime , representado y dirigido por D/ña. MANUEL IGLESIAS NIMO, contra Resolución del Director General Tráfico de 3 -9 -98, que desestima el R/ordinario interpuesto contra otra dictada en el expt. NUM000 de los tramitados por la Jefatura Tráfico de A Coruña. ES parte como demandada DIRECCIÓN GENERAL DE TRAFICO representada y dirigida por EL ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 35.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día 4 de Enero de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente, el Ilmo. Sr. D/ña. JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso se dirige contra Resolución del Director General de Tráfico de 3 -9 - 98, que desestima el R/ordinario interpuesto contra otra dictada en el expt. NUM000 de los tramitados por la Jefatura de Tráfico de A Coruña.

SEGUNDO

No merece ser acogida la alegación planteada sobre la posibilidad de fundamentar la nulidad del acto recurrido al haberse dictado por delegación, pese a tratarse de materia sancionadora, en la que las delegaciones estaban prohibidas por el entonces en vigor artículo 127 de la Ley 30 /92, pues la STS de 9 -2 -99, dictada en el recurso de casación en interés de ley Nº 2.157 /98, interpuesto contra una sentencia dictada por esta Sala, ha fijado como doctrina legal que la prohibición de la delegación establecida en el citado precepto para el ejercicio...

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