STSJ Cataluña 6181/2002, 1 de Octubre de 2002

PonenteFRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
ECLIES:TSJCAT:2002:10820
Número de Recurso3892/2002
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución6181/2002
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Social

D. JOSÉ QUETCUTI MIGUELD. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOSD. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ

Rollo núm. 3892/2002

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

DE CATALUNYA

SALA SOCIAL

gg

ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ

------------------------------------------

En Barcelona a 1 de octubre de 2002

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 6181/2002

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Luis Enrique frente al auto del Juzgado de lo Social Nº22 Barcelona de fecha 14 de septiembre de 2001 dictada en el procedimiento nº 1128/1995 y siendo recurrido el MINISTERIO FISCAL y BANCO CENTRAL HISPANO AMERICANO, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Luis Enrique interpuso demanda sobre Tutela de Derechos Fundamentales contra el Banco Central Hispano, siendo parte el Ministerio Fiscal.

SEGUNDO

Dictó Sentencia de fecha 30 de enero de 1996 recurrida en Suplicación entre la Sala Social del T.S.J. de Cataluña, que desestimó el recurso por Sentencia de 14 de octubre de 1996, recurriendo la parte demandante en amparo ante el Tribunal Constitucional, otorgando dicho amparo.

TERCERO

Instándose la ejecución de la Sentencia del Tribunal Constitucional, recurre la parte demandante en reposición contra la providencia del Juzgado de 24 de julio de 2000, que resuelve por Auto el Juzgado el 14 de septiembre de 2001, dejando sin efecto la resolución impugnada, recurriendo el suplica D. Luis Enrique , elevándose los autos para su resolución ante esta Sala de lo Social del T.S.J. de Cataluña, constando su entrada el 25 de enero de 2002.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al Auto de instancia por el que se acuerda "reponer y dejar sin efecto ...la providencia de 12.9.2000" (al requerir "ala demandada BCH para que ... entregue, en sobre cerrado, soporte documental de todos los datos correspondientes al actor Sr. Luis Enrique ... comprobando así la supresión de cualquier referencia a -sus- día gnósticos médicos ... y, en concreto, a la -de- Absentismo en baja médica"), alza la parte el presente recurso extraordinario para reiterar una "pericial acreditación" del cumplimiento de la ejecutoria judicialmente eludida al considerar el Juzgador que la misma sólo puede realizarse "(...) de modo que los datos ... no transciendan"; razón por la cual "la empresa remitió la información relativa al actor a éste y sólo a él...y no obstante pide la ejecución de la sentencia ... que ha sido ya ejecutada como pudo comprobar al recibir el contenido de la información existente el día 23.5.2000 (de) cuyo escrito no hace mención en la solicitud". Desfavorable pronunciamiento que se impugna al estimar aquél necesaria la objetiva justificación del cumplimiento de la ejecutoria;de tal manera que la sola afirmación de parte supone invertir la carga de la prueba con la consecuente inefectiva ejecución de la Sentencia del Tribunal Constitucional de la que trae causa la litigiosa (arts. 24.1, 117.3 y 118 CE; 235.2, 239.1 y 239.2 LPL y 18.2 LOPJ).

SEGUNDO

Con fecha 9 de noviembre de 1995 el actor dedujo demanda en protección jurisdiccional del derecho Fundamental a la Intimidad que fue rechazada por sentencia del Juzgado de lo Social 22 de 30 de enero de 1996 y de la Sala de 14 de octubre de 1996 (desestimatoria del recurso interpuesto contra la misma).

Tras declarar el Tribunal Constitucional -en su sentencia de 8 de noviembre de 1999- que "la existencia de diagnósticos médicos en la base de...

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