STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Noviembre de 2001

PonenteMARIA FATIMA ARANA AZPITARTE
ECLIES:TSJM:2001:14745
Número de Recurso3184/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 3.184/98 SENTENCIA NUMERO 1.805 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Ilustrísimos señores:

Presidente:

D. Alfredo Roldán Herrero Magistrados:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García Dª. Fátima Arana Azpitarte D. Fernando de Mateo Menéndez D. José Daniel Sanz Heredero Dª. Mª Jesús Vegas Torres En la Villa de Madrid, a quince de noviembre de dos mil uno. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso- administrativo número 3.184 de 1.998, interpuesto por la Procuradora Dª.

Paloma Gutiérrez París, en nombre y representación de Dª. Marina contra la resolución dictada por el Jefe Superior de Policía de Madrid (Brigada Provincial de Extranjería y Documentación) de fecha de 23 de marzo de 1998 por la que se deniega a la recurrente la renovación de tarjeta de estudiante; siendo parte LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 12 de febrero de 1.999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Sr. Abogado del Estado para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 7 de junio de 1.999 en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedio a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 15 de noviembre de 2.001, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Fátima Arana Azpitarte.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso es la impugnación realizada por Dª. Marina de la resolución dictada por el Jefe Superior de Policía de Madrid (brigada Provincial de Extranjería y Documentación) de fecha de 23 de marzo de 1998 por la que se deniega a la recurrente la renovación de tarjeta de estudiante.

Como antecedentes de interés derivados de las actuaciones deben de ponerse de manifiesto los siguientes:

A.- La recurrente, de nacionalidad colombiana, solicitó el día 19 de septiembre de 1997 la renovación de su tarjeta de estudiante, acompañando a su solicitud: copia de la tarjeta de estudiante anterior con fecha de validez desde el 22 de abril de 1997 al 10 de septiembre de 1997, certificación de la Universidad Pontificia de Comillas de haber realizado y superado el primer curso de un Master en terapia familiar y de pareja y tener plaza reservada para realizar el segundo curso en el año académico 1997-98; copia de haber abonado la cantidad de 74. 850 pesetas en concepto de matrícula para dicho segundo curso; contrato de arrendamiento de fincas urbanas a nombre de D. Braulio , de nacionalidad española, quien en documento privado hace constar que la recurrente tiene su respaldo en dicho contrato de arrendamiento de vivienda durante su estancia en Madrid como estudiante del master mencionado; copia del ingreso realizado por el mismo favor de la recurrente por importe de 90.000 pesetas en fecha 2 de septiembre de 1997; copia de envío de dinero de su madre desde Colombia por importes de 56.000 pesetas en fecha 2 de abril de 1997,143.000 pesetas en fecha 30 de mayo de 1997 y 73.500 pesetas en fecha 10 de septiembre de 1997.

B.- Con la demanda aporta copia de haber ingresado, la cantidad de 120.000 pesetas en fecha 26 de enero de 1998 en concepto de enseñanza reglada de noviembre 1997 diciembre de 1997 y enero 1998 en favor de la Universidad Pontificia de Comillas, y la cantidad de 40.000 ptas el 5 de mayo de 1998 en concepto de enseñanza reglada febrero 1998; copia de haber abonado a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR