STSJ Galicia , 7 de Febrero de 2001

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:970
Número de Recurso767/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0000767 /1998 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 109 2001 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

En la Ciudad sede de este Tribunal, a siete de febrero de dos mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0000767 /1998, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Tomás , representado y dirigido por el Abogado D. JULIO CESAR PORTELA TORRON, contra Resolución de la Delegación del Gobierno en Galicia, Sección de Emigración, de fecha 02 /03 /1998 sobre denegación de exención del visado de residencia. Es parte como demandada DELEGACION DEL GOBIERNO EN GALICIA, representada y dirigida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El recurrente solicitó la exención de visado de residencia y la solicitud de tarjeta de residencia en la C. E. C., solicitud que fue desestimada por resolución de 2 de marzo de 1998. - Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, anulando la resolución recurrida, dejándola sin valor ni efecto alguno, otorgándole la exención de visado solicitado, a fin de poder solicitar el oportuno permiso de residencia.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al SR. ABOGADO DEL ESTADO, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Denegado el recibimiento a prueba del recurso y finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo del recurso EL DIA TREINTA Y UNO DE ENERO DE 2001 .

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don Tomás interpone recurso contencioso administrativo contra resolución de la Delegación del Gobierno en Galicia, de fecha 2 de marzo de 1998, por la que se deniega al actor la pretendida exención de visado...

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