STSJ Extremadura , 28 de Febrero de 2000

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2000:494
Número de Recurso115/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La sección de refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 329 PRESIDENTEDON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA En Cáceres a veintiocho de febrero de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 115 de a 1997, promovido por la Procuradora Dª Pilar Simón Acosta, en a nombre y representación de la recurrente D Silvia , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: resolución dictada por la Subdirección General de Becas y ayudas al estudio, Dirección General Formación Profesional reglada y promoción Educativa del Ministerio de Educación y Ciencia, de fecha 8 de julio de 1996, por la que se acuerda desestimar el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución del Jurado de Selección de becarios de la Universidad de Extremadura, denegando a Dª. Silvia la beca solicitada al amparo de la Orden Ministerial de 15 de junio de 1994 , para el curso académico 1994-1995.- Cuantía.- 256.000 pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO.- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO.- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Doña ELENA MENDEZ CANSECO.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala, la legalidad de la resolución dictada por la Subdirección General de Becas y ayudas al estudio, Dirección General Formación Profesional reglada y promoción Educativa del Ministerio de Educación y Ciencia, de fecha 8 de julio de 1996, por la que se acuerda desestimar el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución del Jurado de Selección de becarios de la Universidad de Extremadura, denegando a Dª Silvia la beca solicitada al amparo de la Orden Ministerial de 15 de junio de 1994 , para el curso académico 1994-1995. Considera el recurrente que tal resolución no es ajustada a Derecho y que debe ser anulada, condenando a la Administración al abono de las cuantías que se acrediten por concepto de ayuda compensatoria. La Administración demandada insta la desestimación del presente recurso.

SEGUNDO

De lo actuado en el expediente que se une al recurso, resulta que Dª Silvia , con fecha 1 de septiembre de 1994, y dentro de la convocatoria de "becas...

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