STSJ Islas Baleares , 29 de Noviembre de 2001

PonenteJESUS IGNACIO ALGORA HERNANDO
ECLIES:TSJBAL:2001:1676
Número de Recurso582/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Núm 1129 ILMOS SRS. PRESIDENTE:

D. Jesús I. Algora Hernando.

MAGISTRADOS:

D. Pablo Delfont Maza.

D. Fernando Socias Fuster Palma de Mallorca, a 29 de Noviembre de dos mil uno. VISTOS por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos número 582 de 1.998, dimanantes del recurso contencioso administrativo seguido entre partes, de una como demandante DOÑA Celestina , representada y asistida por si misma dada su condición de funcionaria, del Cuerpo Auxiliar de la Administración General del Estado, y como Administración demandada ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y asistida por SR. ABOGADO DEL ESTADO.

El objeto del recurso es la Resolución del Director General de Personal, de la Secretaría del Ministerio de Defensa, de fecha 24 de marzo de 1.998, denegatoria de la reclamación previa formulada por la actora en demanda de reconocimiento de crédito horario mensual para el ejercicio de actividades como delegada sindical.

La cuantía se fijó en Indeterminada.

El procedimiento se ha seguido por los trámites de Personal.

Ha sido MAGISTRADO PONENTE el Presidente de la Sala Ilmo. Sr. D°. Jesús I. Algora Hernando, quién expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Interpuesto el recurso en el plazo prefijado en la Ley Jurisdiccional se le dio el trámite procesal adecuado, ordenándose reclamar el expediente administrativo y anunciar su incoación, mediante edictos en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.

  2. - Recibido el expediente administrativo se puso de manifiesto el mismo en Secretaria a la parte recurrente para que formulara su demanda dentro del plazo legal, lo que así hizo, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó precisos en orden a sus pretensiones, suplicando a la Sala se dictara sentencia estimatoria del mismo por ser contrarios al ordenamiento jurídico los actos administrativos impugnados.

  3. - Dado traslado del escrito de demanda a la representación de la Administración demandada para que la contestara, así lo hizo en tiempo y forma, oponiéndose a la misma y suplicando se dictara sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

  4. - Por providencia se declaró conclusa la discusión escrita ordenándose traer los autos a la vista, con citación de las partes para sentencia, señalándose a continuación, para la votación y el Fallo, el día 19 DE NOVIEMBRE DE 2.001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hemos delimitado en el encabezamiento de esta resolución los actos administrativos objeto del presente recurso contencioso administrativo.

La actora, funcionaria del Cuerpo Auxiliar Administrativo de la Administración General del Estado, presta sus servicios en la Delegación de Defensa de Baleares, procedente de su anterior destino en la Comandancia Militar de Marina de Mallorca.

En fecha 7 de marzo de 1.997, fue nombrada delegada sindical de la sección sindical de CSI-CSIF del Ministerio de Defensa en Baleares, y al poner en conocimiento dicha condición, solicitó disponer un crédito horario mensual de 40 horas, dentro de la jornada laboral, para el ejercicio de las funciones inherentes a su nombramiento.

Por Resolución de 24 de marzo de 1.998 le fue desestimada dicha solicitud sobre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR