STSJ País Vasco , 22 de Octubre de 2004

PonenteMODESTO IRURETAGOYENA ITURRI
ECLIES:TSJPV:2004:2306
Número de Recurso1400/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

Voces:

· Otros litigios SENT RECURSO Nº: 1.400/2.004 SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a 22 de octubre de 2.004.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D.MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y Dª. MARIA JOSE HERNANDEZ VITORIA, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por MONTAUX S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 (Vitoria) de fecha dieciséis de Enero de dos mil cuatro , dictada en proceso sobre OLI, y entablado por Virginia frente a Agustín , Julia , Ana , Marina , Carla , Regina , Estefanía , María Cristina , Lidia , Aurora , FOGASA , PIMESA y MONTAUX S.L. .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º.- Dª. Virginia fue elegida como representante legal de los trabajadores en la empresa MONTAUX, S.L. por la candidatura sindical de ELA-STV en las elecciones sindicales celebradas en abril del año 2002, en las que había catorce trabajadores electores, se emitieron trece votos válidos, de los cuales cinco fueron en blanco y ocho a favor de la Sra. Virginia , según el acta escrutinio fechada el 16 de abril de dicho año.

  1. - Con fecha 23 de abril de 2002, la Sra. Virginia actuando como Delegada de Personal solicitó a la empresa una reunión para tratar del calendario laboral, tiempo de bocadillo, convenio de aplicación y otros, a la cual asistiría también el Sr. Alexander como asesor del Sindicato ELA. 3º.- Con fecha 3 de mayo de 2.002, Don. Alexander en representación de la Delegada de Personal solicitó la intervención de la Inspección de Trabajo por no reconocer la empresa la condición de representante de la Sra. Virginia ; la actuación inspectora se llevó a cabo el 13 de junio y se levantó acta en la que consta que se requirió a la empresa mediante diligencia en el Libro de Visitas para que se respetasen sus derechos como representante, acta que obra en autos (folio 310) y que se tiene aquí por reproducida.

  2. - Con fecha 22 de mayo de 2002, Don. Alexander en representación de la Delegada de Personal solicitó la intervención de la Inspección de Trabajo para que la empresa aplicase el Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica .

  3. - Con fecha 26 de noviembre de 2.002, por once trabajadores de la empresa cuya relación consta en el folio 300 de los autos se solicitó la celebración de una asamblea en los siguientes términos "A la Delegación de Trabajo, la Dirección de la Empresa y Delegada: Los trabajadores de la empresa Montaux solicitan una asamblea con el único punto del orden del día, dimisión de la delegada de personal por no estar de acuerdo con su forma de defender los intereses de los trabajadores. Dicha asamblea se celebrará el próximo día 10 de diciembre de 2002 en los locales de la empresa"; la solicitud consta registrada con fecha 28 de noviembre en la Oficina Pública de Elecciones Sindicales de Alava y está sellada y firmada por la empresa.

  4. - El día 10 de diciembre la trabajadora Dª. Marina anunció por megafonía que iba a celebrarse la asamblea y la Sra. Virginia se encontraba cerca y pudo oirlo.

  5. - La asamblea fue presidida por la Sra. Marina como trabajadora con más antiguedad y en el acta extendida al efecto consta como número de trabajadores del centro el de trece, diez asistentes y nueve votos a favor de la revocación; el acta fue registrada en la Oficina Pública de Elecciones Sindicales de Alava el 11 de diciembre de 2.002.

  6. - Por el Sindicato actor se presentó demanda solicitando la nulidad de la revocación, que fue turnada al Juzgado de lo Social nº 3 de esta ciudad, el cual requirió de subsanación el 15 de enero de 2003, y tras sucesivos trámites procesales, fue inadmitida mediante Auto de 9 de mayo de 2003 , el cual obra en autos (folios 197 a 199) y se tiene aquí por reproducido.

  7. - Con fecha 24 de marzo de 2003 la empresa dirigió escrito a la Sra. Virginia comunicándole que a partir del día 20 de marzo de 2003 la plantilla había pasado a ser de cinco trabajadores, lo cual excluía la existencia de un delegado de personal, conforme al art. 62 ET , por lo que ya se entendiera revocado el mandato en asamblea o caducado en la fecha referida, le rogaban cesara en el ejercicio de las funciones por no corresponderle y que hasta entonces se habían ejercitado, comunicación que obra en autos (folios 350 y 351) y que se tiene aquí por reproducida.

  8. - La relación laboral con la Sra. Virginia se extinguió por despido, firmándose el finiquito y liquidación el 26 de mayo de 2003, si bien el importe de aquella no ha sido percibido hasta diciembre de 2.003.

  9. - Las trabajadores María Teresa y Aurora causaron baja voluntaria en la empresa el 7 y el 20 de marzo de 2.003, repectivamente.

  10. - Las trabajadores Estefanía y Julia causaron también baja en la empresa y ahora prestan servicios en PIMESA, para lo cual cumplimentaron una solicitud y realizaron una entrevista; las funciones que desempeñaban en MONTAUX eran de cableado y manuales y ahora manejan componentes eléctricos y trabajan con máquina.

  11. - MONTAUX, S.L. fue constituida por D. Clemente (como administrador único), que suscribió 990 participaciones sociales, y por Dª. Paloma , que suscribió nueve participaciones; el objeto social de la empresa era el Montaje, composición y manipulación de materiales de plástico, así como las actividades complementarias y accesorias.

  12. -PIMESA fue constituida en marzo de 1981 por D. Clemente (como secretario), que suscribió 999 participaciones sociales, Dª. Paloma , que suscribió una, D. Rodolfo (gerente), que suscribió 999 partipaciones y Dª. Julieta , que suscribió una participación; el objeto social de la empresa es la realización y ejecución de proyectos, instalaciones y montajes eléctricos, la comercialización de todo tipo de productos eléctricos y, en general, la realización de todo lo que directa o indirectamente se relacione con las actividdes anteriores.

  13. -PIMESA tenía subcontratada con MONTAUX parte de su actividad, según relación obrante en folios 380 a 388 de los autos, que se tiene aquí por reproducida, y actualmente tiene subcontratadas actividades similares a las que constan en dicha relación con la empresa Marcas Carle, S.L., conforme a la relación de actividades que consta en los folios 389 a 394, que también se tiene por reproducida.

  14. - MONTAUX, S.L. figura sin trabajadores en la Dirección Provincial de Trabajo desde el 16 de junio de 2003, según certificación al efecto (folio 226), y ha cesado en su actividad.

  15. - El departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco ha certificado a fecha 12 de noviembre de 2003 no haber recibido comunicación de promoción de negociación colectiva en la empresa MONTAUX, S.L. 18º.- Por Sentencia de este Juzgado, de fecha 15 de octubre de 1993 , se desestimó demanda de cantidad de Dª. Diana contra MONTAUX por no estimarse aplicable el Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica entonces vigente, resolución que obra en autos (folios 185 a 189); por Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de esta ciudad, de fecha 14 de febrero de 2003 , se desestimó demanda de cantidad de Dª. Aurora y Dª. Carmen contra MONTAUX por no estimarse aplicable el Convenio Colectivo de la Industria Química, resolución que obra en autos (folios 195 a 196).

  16. - Con fecha 2 de julio de 2003 tuvo lugar el preceptivo acto de...

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