STSJ Castilla y León , 30 de Junio de 2005

PonenteJOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
ECLIES:TSJCL:2005:3805
Número de Recurso3832/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 01338/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65590 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2005 0103619 Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0003832 /1998 Sobre ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA De D/ña. Carlos María Representante:

Contra D/ña. TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA Y LEON Representante: ABOGADO DEL ESTADO Recurso núm.: 3832/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA Nº 1338

ILTMOS. SRES.:

MAGISTRADOS:

DOÑA MERCEDES PEDRAZ CALVO DON JOSE MARÍA DEL RIEGO VALLEDOR DOÑA MÓNICA CONCEPCIÓN MONTERO ELENA En Valladolid, a 30 de junio de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados arriba indicados, el presente recurso en el que se impugna:

La Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla-León, de fecha 24 de noviembre de 1997 (reclamación 47/103/94), en un asunto relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siendo la cuantía del recurso la de 3.043,49 euros (506.394 pesetas).

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: D. Carlos María , representado por el Procurador D. Miguel Ángel Sanz Rojo.

Como demandado: El Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla-León y la Administración del Estado, representados por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE MARÍA DEL RIEGO VALLEDOR.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, de fecha 28 de mayo de 1999, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicito de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que se anulen la Resolución del TEAR y la liquidación impugnadas.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria del recurso.

TERCERO

No se solicitó el recibimiento del recurso a prueba, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se sustituyó ésta por el tramite de conclusiones.

CUARTO

Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones, se evacuó el trámite por ambas y, finalmente, se señaló para votación y fallo el día 20 de junio de 2005.

.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley aunque no los plazos en ella fijados dado el volumen de trabajo y la pendencia que existe en la Sala.

El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 10 de septiembre de 2002.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, de fecha 24 de noviembre de 1997, en un asunto relativo al IRPF; ejercicio 1990.

Son antecedentes fácticos a tener presentes en esta sentencia:

1) El 4 de noviembre de 1993 la Inspección de Tributos de la Delegación de la AEAT de Valladolid formalizó acta número 0379033-4, con la disconformidad del hoy demandante, por el concepto tributario IRPF, ejercicio 1990.

En el cuerpo del acta se indicaba que el sujeto pasivo es transportista y presentó declaración conjunta con su...

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