STSJ Canarias , 26 de Julio de 2005

PonenteANGEL ACEVEDO CAMPOS
ECLIES:TSJICAN:2005:3233
Número de Recurso446/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUM. 363 ILMO. SR. PRESIDENTE D./Dña. Angel Acevedo Campos (Ponente)

ILMO./A. SRES./AS. MAGISTRADOS/AS D./Dña. Rafael Alonso Dorronsoro D./Dña. María del Pilar Alonso Sotorrío En Santa Cruz de Tenerife , a veintiseis de Julio del año dos mil cinco .

Visto por esta TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. Sección Primera. con sede en Santa Cruz de Tenerife , integrada por los Sres.

Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso-Administrativo número 0000446/2004 , interpuesto por la demandante, la Administrasción General del Estado, representada y dirigida por el Abogado del Estado , siendo Administración demandada, la del Cabildo Insular de La Palma, representado y dirigido por el Letrado Don Jose Luis Ibañez Modrego , versando sobre impugnación de acuerdo sobre aprobación de Presupuesto General, de cuantía indeterminada, siendo . Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Angel Acevedo Campos, se ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Cabildo Insular de La Palma, en acuerdo plenario de 28 de Noviembre de 2003, aprobó el Presupuesto General para el ejercicio 2004.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, por la que estimando el presente recurso, anule el acuerdo impugnado en cuanto determina un aumnento retributivo del personal al servicio de la Entidad Local superior al 2 por 100 respecto al ejercicio anterior, a salvo la anmtigüedad.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia, que desestimemla demanda, por ser ajustado a Derecho el Acuerdo impugnado, con imposición de costas a la recurrente.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado el día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión de Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Administración del Estado impugna el acuerdo plenario del Cabildo Insular de La Palma de 28 de Noviembre de 2003 por el que se aprobó el Presupuesto General para 2004, en cuanto considera que al determinarse en dicho acuerdo un aumento retributivo del personal al servicio de la referida Entidad Local superior al 2 por 100 respecto al ejercicio anterior, se vulnera el apartado Dos del art. 19 de la Ley 61/2003, de 30 de Diciembre, de Presupuestos Generales del...

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