STSJ Cantabria , 21 de Julio de 2000

PonenteMARIA JOSEFA ARTAZA BILBAO
ECLIES:TSJCANT:2000:1427
Número de Recurso574/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Josefa Artaza Bilbao Doña María Jesús Vegas Torres En la Ciudad de Santander, a 21 de Julio de dos mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Cantabria ha visto el recurso número 574/99, interpuesto por DOÑA Gabriela , representada por la Procuradora Doña Belen de la Lastra Olano y defendida por el Letrado Don Eduardo de la Lastra Olnao, contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Josefa Artaza Bilbao, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 6 de Agosto de 1.999, contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 31 de Mayo de 1.999 por el que se desestima la reclamación económico-administrativa número 39/01324/96 entablada por la recurrente frente a la Resolución de la Gerencia Regional del Catastro de Cantabria de fecha 20 de Mayo de 1.996, por la que se le denegó su solicitud de rectificación de datos catastrales sobre la finca registral NUM000 del Libro NUM001 de los Corrales de Buelna, Registro de la Propiedad n° 2 de Torrelavega.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico, y solicita se proceda a la rectificación catastral en el sentido de reconocer como propiedad particular el terreno litigioso y dejar de figurar como vía pública.

TERCERO

En su contestación a la demanda, la Administración del Estado recurrida solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

Se recibió el proceso a prueba, con el resultado que obra en autos, y se señaló fecha para la votación y Fallo, la que tuvo lugar el día 17 de Julio de 2000, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tiene por objeto el presente pleito la conformidad a derecho de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 31 de Mayo de 1.999 por el que se desestima la reclamación económico-administrativa número 39/01324/96 entablada por la recurrente frente a la Resolución de la Gerencia Regional del Catastro de Cantabria de fecha 20 de Mayo de 1.996, por la que se le denegó su solicitud de rectificación de datos catastrales sobre la finca registral NUM000 del Libro NUM001 de los Corrales de Buelna, Registro de la Propiedad n° 2 de Torrelavega.

SEGUNDO

Versa la litis sobre solicitud por la recurrente de...

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