STSJ Navarra , 8 de Septiembre de 2003

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2003:1158
Número de Recurso27/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 901/03 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona/Iruña a ocho de septiembre de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos correspondientes a los recursos 0000027/1999, 36/99 y 759/99, acumulados; promovidos los dos primeros contra Resolución del Concejal Delegado de Economía y Hacienda del Excmo. Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1-12-1998 por la que se declara responsabilidad solidaria de las recurrentes de los daños producidos en unos árboles propiedad municipal sitos en la Vuelta del Aranzadi y se les requiere al abono de 6.862.040 ptas; y contra resolución del Tribunal Administrativo de Navarra de 6 de diciembre de 1999 que inadmite el recurso de alzada interpuesto contra la anterior resolución, el tercero; siendo en ello partes: como recurrentes GRUAS NAVALO SL; representada por el Procurador Sr. San Martín y dirigida por el Letrado Sr. López; CONSTRUCCIONES SANCO SA; representada por la Procuradora Sra. Moreno Tobaruela y dirigida por el Letrado Sr. Gallero; y EUROCONTROL SA; representada por el Procurador Sr. Mtez. Ayala y dirigida por la Letrada Sra. Yacobi; como demandados AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA, representado por el Procurador Sr. Laspiur y dirigido por el Letrado Sr. Guijarro; GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por su Asesor Jurídico Letrado; y como codemandados, MAPFRE INDUSTRIAL S.A. SEGUROS, y CONSTRUCCIONES SANCO, S.A., representadas por la Procuradora Sra. Moreno Tobaruela y dirigidas por el Letrado Sr. Gallego; y CATALANA OCCIDENTE, S.A., representada por la Procuradora Sra. Igea y dirigida por la Letrada Sr. Aguirre.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuestos los recursos de que se ha hecho mención en el encabezamiento, por auto de 26 de abril de 1999 se acordó la acumulación al 27/99 del 36/99, formalizándose el 26- 6-2000 por la representación de "Grúas Navalo S.L." demanda correspondiente en súplica de "se dicte sentencia por la que:

  1. estimando el presente recurso, declare no ser conforme a Derecho la Resolución del Concejal Delegado de Economía de fecha 01.12.1998 en lo referente a la responsabilidad que se imputa a mi representada GRUAS NAVALO SL, anulándola totalmente en lo relativo a mi representada.

  2. Subsidiariamente y para el caso de entender que existe responsabilidad en la intervención de mi representada, estime el recurso en el sentido de declarar no ser conforme a Derecho la Resolución del Concejal Delegado de Economía de fecha 01.12.1998 en lo relativo a la valoración y condena de 6.862.040 ptas por los daños causados a los árboles de propiedad municipal, minorando en su caso tal cantidad a la que dentro del procedimiento quede acreditada.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte contraria.".

El 19 de septiembre siguiente lo hizo la de Navarra de Construcciones S.A. y Mapfre Industrial en súplica de que se dicte sentencia "absolviendo a mis representadas de la responsabilidad que en la misma se contiene; y, subsidiariamente, limitando tal responsabilidad a la reparación de los daños efectivamente causados en los términos que se acredite a lo largo del presente procedimiento".

SEGUNDO

Por auto de 10 de noviembre de 2000 se acordó la acumulación a los anteriores del nº

759/99 formalizándose la demanda por "Eurocontrol S.A." el 16 de marzo de 2001.

TERCERO

Por escrito presentado el 7 de junio siguiente se opuso a tales demandas el representante procesal del Ayuntamiento de Pamplona. El 22 siguiente lo hizo el del Gobierno de Navarra.

El 7 de septiembre lo hizo el de Sanco y Mapfre Industrial. Y el 31 de marzo de 2002 el de Catalana de Occidente.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se practicó con el resultado que en autos consta, la propuesta y admitida; y, evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo que ha tenido lugar el pasado día 3, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Como se expone en el encabezamiento, la resolución del Concejal Delegado de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Pamplona declara la responsabilidad civil solidaria de "Construcciones Sanco S.A.", "Eurocontrol S.A." y "Grúas Navalo S.L." por los...

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