STSJ Comunidad de Madrid , 1 de Julio de 2002
Ponente | ALFONSO SABAN GODOY |
ECLI | ES:TSJM:2002:9159 |
Número de Recurso | 2113/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 1 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Ltdo. Sr. Meca Cañones Ltdo. Sr. García Gómez de Mercado TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 2113 de 1998 PONENTE Sr. Alfonso Sabán Godoy SENTENCIA N° 692 Presidente Iltmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. Francisco Javier Sancho Cuesta.
D. José Tomé Paule En Madrid a uno de julio de dos mil dos. Visto por la Sala el recurso n° 2113 de 1998 interpuesto por el Letrado Sr. Meca Cañones en representación de D. Jose Pablo y Juan Antonio contra Acuerdo de la Comunidad de Madrid que inadmite la reclamación interpuesta con motivo del expediente expropiatorio seguido en la finca num. NUM000 afectada pro al obra "Segregado del desdoblamiento de la carretera MV. 5114 de Fuenlabrada a Pinto, del P.K. 0'000 al 1'920 y del P.K. 2'700 al 4'540; habiendo sido parte la Comunidad de Madrid, representada por el letrado D. Francisco García Gómez de Mercado. La cuantía del recurso es indeterminada.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado 25 de septiembre de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazados para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideraron pertinentes, termina suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas por las partes, con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 27 de junio de 2002 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Se impugna en el presente recurso la resolución de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid de 10 de agosto de 1998 por lo que se inadmitió la reclamación de indemnización por daños y perjuicios formulados por la parte demandante como consecuencia de la expropiación de fincas de su propiedad que es la n° NUM000 del Proyecto de la obra "segregado del desdoblamiento de la carretera Mv 5114, de Fuenlabrada a Pinto, del P.K. 0'000 al 1'920 y del P.K. 2'700 al 4'540". La inadmisión se formula porque, en estimación de quien la pronuncia, ha transcurrido en exceso el plazo de un año para formularla que prescribe el art. 142 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por haberse terminado las obras con anterioridad a dicho plazo.
La demanda argumenta a favor del incumplimiento de trámites procedimentales básicos en el seno del procedimiento (falta de declaración de utilidad pública del proyecto, de relación de bienes y propietarios afectados y...
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