STSJ Asturias , 12 de Mayo de 2005

PonenteMARIA JOSE MARGARETO GARCIA
ECLIES:TSJAS:2005:1945
Número de Recurso1064/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.1 OVIEDO SENTENCIA: 00680/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo RECURSO: P.O. 1064/02 RECURRENTE:D. ENRIQUE OTADUY, S.L. PROCURADOR:DÑA . DOLORES LOPEZ ALBERDI RECURRIDO:CONF EDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE SR. ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA nº 680-05 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Jesús María Chamorro González Magistrados:

Dña. María José Margareto García D. Francisco Salto Villén En Oviedo a doce de mayo de dos mil cinco.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1064/02 interpuesto por D. ENRIQUE OTADUY, S.L. , representado por la Procuradora Dña. Dolores López Alberdi, actuando bajo la dirección Letrada de D. Iñigo Esteban Corral, contra LA CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE, representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dña. María José Margareto García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia reconociendo el derecho de que se ha producido la recepción tacita de las obras, o subsidiariamente, extender Acta de Recepción Definitiva de las mismas.

Cancelar el aval, de fecha 9 de diciembre de 1992, por importe de 203.634 pts. Satisfacer a la recurrente el importe de las comisiones y gastos de mantenimiento del aval hasta su efectiva cancelación, asi como los intereses legales, con imposición de costas a la parte contraria.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, habiendo precluido el tramite para la contestación sin haberlo hecho.

TERCERO

No habiendo solicitado el recibimiento del recurso a prueba ninguna de las partes y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 3 de mayo pasado, en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los tramites prescriptos en la ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación legal de ENRIQUE OTADUY, S.L. la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud presentada el 6-2-02 de Extensión de Acta de Recepción Definitiva de las obras Proyecto 8/92 de Limpieza de Cauce y Acondicionamiento del Río Cadagua en Villanueva de Mena, T.M. de Valle de Mena (Burgos). Clave: N1 410.383/2111 y devolución del aval de 9-12-92 de la Cía. MAPFRE CAUCION Y CREDITO, depositado en Hacienda por importe de 203.634 pts. 1.223,87 euros, prestado en garantía de las obras, en favor de la Confederación Hidrográfica del Norte.

SEGUNDO

Alega la parte recurrente en su demanda que el 4-12-92 la Confederación Hidrográfica del Norte le adjudicó mediante contratación directa la realización de las obras comprendidas en el Proyecto, anteriormente citado, habiendo constituído el aval...

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