STSJ Comunidad Valenciana , 20 de Febrero de 2003

PonenteFRANCISCO HERVAS VERCHER
ECLIES:TSJCV:2003:1399
Número de Recurso1795/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 1795/98 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Segunda SENTENCIA n° 199/03 Iltmos. Srs. PRESIDENTE D. Mariano Ferrando Marzal MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En la ciudad de Valencia a veinte de febrero de dos mil tres.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos n° 1795/98, seguidos entre partes, de la una y come demandante, D. Jesús Ángel , representada por la Procuradora Dª María José Montesinos Pérez y dirigida por el Letrado D. Jorge Blanes Sastre; y de la otra, como Administración demandada, la Generalidad Valenciana, representada y dirigida por el Letrado de la Generalidad, recurso interpuesto por D. Jesús Ángel contra la resolución de la Conselleria de Sanidad de 18 de mayo de 1998 por la que se le impone la sanción de un mes de suspensión de empleo y sueldo por cada una de las dos faltas del artículo 66.3.g del Estatuto Jurídico del Personal Médico que se le imputan.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La indicada Procuradora, actuando en nombre y representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 13 de 2003 para votación y fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.

Cuarto

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Iltmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto por D. Jesús Ángel contra la resolución de la Conselleria de Sanidad de 18 de mayo de 1998 por la que se le impone la sanción de un mes de suspensión de empleo y sueldo por cada una de las dos faltas del artículo 66.3.g del Estatuto Jurídico del Personal Médico que se le imputan.

Segundo

El recurrente alega en primer lugar la caducidad del expediente al haberse excedido en su tramitación de los dos meses que como plazo establece el artículo 70.3 del Estatuto Jurídico del Personal Médico de la Seguridad Social.

Resulta evidente que en el presente caso la tramitación del expediente ha durado más de dos meses, pero que se establezca tal plazo no significa que cuando se exceda se produzca la caducidad del expediente, pues no está prevista tal consecuencia, siendo una infracción de plazo no esencial, y el expediente no ha estado paralizado ni ha transcurrido el tiempo suficiente entre trámites para que se pueda entender prescrita la falta.

Tercero

Los hechos por los que ha sido sancionado son que en la Junta extraordinaria del Hospital Virgen de los Lirios de Alcoy celebrada el día 22 de enero de 1997 D. Jesús Ángel , y refiriéndose al Dr. Rosendo , manifestó "no...

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