STSJ Cataluña , 22 de Noviembre de 2002

PonenteJOSE LUIS GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2002:13541
Número de Recurso1861/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso nº. 1861/97 Partes: D. Marcos C/ Dirección General de la Policía S E N T E N C I A Nº. 1638 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ En la ciudad de Barcelona, a veintidos de noviembre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº. 1861/1997, interpuesto por D. Marcos , en su calidad de funcionario ejerce su propia representación y defensa, contra la Dirección General de la Policía, representada y asistida por el Sr. Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTESDEHECHO

PRIMERO

La parte recurrente, en nombre e interés propio, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución de 25 de junio de 1997, Orden General núm. 1100 de fecha 30 de junio de 1997 que convoca concurso general de méritos núm. 73/97.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha veintinueve de enero de 2001 el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y fallo la audiencia del día 22 de noviembre de 2002, a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOSDEDERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso jurisdiccional, la Resolución de la Dirección General de la Policía, de fecha 25 de junio de 1997, por la que se convoca...

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