STSJ Extremadura , 22 de Octubre de 2003
Ponente | DANIEL RUIZ BALLESTEROS |
ECLI | ES:TSJEXT:2003:1940 |
Número de Recurso | 1098/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 01417/2003 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente :
SENTENCIA Nº 1417 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.
MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS/
En Cáceres a veintidós de Octubre de dos mil tres.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1098 de 2001, promovido por el Procurador de los Tribunales Sr. Fernández de las Heras, en nombre y representación de DOÑA Araceli , siendo demandada EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO (BADAJOZ) , representado por el Procurador Sr. Campillo Alvarez; recurso que versa sobre: "Acuerdo del Ayuntamiento de Almendralejo de 2.7.2001 sobre responsabilidad patrimonial. Expediente número 15/2001, por lesiones sufridas en vía pública".- C U A N T I A : 11.080, 60 Euros.-
Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO : Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO : En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS.
La demandante Doña Araceli formula recurso contencioso- administrativo contra la Resolución del Ayuntamiento de Almendralejo, de fecha 2 de Julio de 2001, que reconoce la existencia de responsabilidad patrimonial de la Corporación Local y acuerda indemnizar a la actora con el importe de 206.400 pesetas. La parte demandante solicita en el presente proceso una indemnización mayor que la reconocida por la Corporación Local demandada. La Administración demandada se opone a las pretensiones indemnizatorias de la parte demandante con base a las consideraciones que obran en su escrito de demanda.
Para resolver el presente litigio es...
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