STSJ Asturias , 31 de Enero de 2003

PonenteMARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2003:449
Número de Recurso2774/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución31 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0104614 /2000, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 2774/2000 MATERIA: OTROS DCHOS. LABORALES RECURRENTE/s: María Rosario RECURRIDO/s: INSALUD, Lourdes , Ángela , Maribel , Carla , Pilar , Edurne , María Angeles , Julia , Asunción , Paula , Emilia JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 2 de GIJON DEMANDA 755/1999 Sentencia número: 299/03 Ilmos. Sres.

D. EDUARDO SERRANO ALONSO Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ Dª Mª DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ En OVIEDO a treinta y uno de Enero de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 2774/2000, formalizado por el/la Sr./a. Letrado D/Dª. CARMEN LANDEIRA ALVAREZ-CASCOS, en nombre y representación de María Rosario , contra la sentencia de fecha dieciocho de mayo de dos mil, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 2 de GIJON en sus autos número DEMANDA 755/1999, seguidos a instancia de María Rosario frente a INSALUD, Lourdes , Ángela , Maribel , Carla , Pilar , Edurne , María Angeles , Julia , Asunción , Paula , Emilia , parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, GUILLERMO RODRIGUEZ NOVÁL, en reclamación por derechos, siendo Magistrado-Ponente la T. Sra. Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha dieciocho de mayo de dos mil por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La actora, cuyas circunstancias personales consta en el encabezamiento de su demanda, figura adscrita en la Bolsa de Demandante de Empleo del Área Sanitaria y del Instituto Nacional de la Salud de Asturias, con la categoría profesional de auxiliar de enfermería, detentando en el mes de Abril de 1.999 una puntuación de 15.912 puntos.

  2. - En fecha 21 del mes y año precitados la Mesa de Contrataciones del reseñado Área Sanitario invocado haber rechazado la accionante oferta de contratación, le impuso una sanción consistente en la suspensión de su demanda de empleo por tiempo de seis meses, la referida contratación fue concertada el 11 de Mayo de 1999 con las once personas físicas codemandada, trabajadoras incluidas en la indicada Bolsa de Demandantes de Empleo que ostentan una puntuación inferior a la de la demandante.

  3. - Obra en las actuaciones el Reglamento de Contrataciones y Promoción Interna Temporal del Instituto Nacional de la Salud de...

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