STSJ Galicia , 19 de Junio de 2001

PonenteRAFAELA HORCAS BALLESTEROS
ECLIES:TSJGAL:2001:5077
Número de Recurso1594/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Social

D. Juan Luis Guisasola Bustillo, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso n° 1594/98 (HPB)

ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA CABANAS GANCEDO PRESIDENTE ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ ILMA. SRA. Dª RAFAELA HORCAS BALLESTEROS A Coruña, a diecinueve de junio de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 1594/98 interpuesto por Dª. Ana contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. 2 de Ourense siendo Ponente la ILMA. SRA. Dª.

RAFAELA HORCAS BALLESTEROS .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos n° 525/97 se presentó demanda por Dª. Ana en reclamación de Convenio Especial siendo demandado el Tesorería General de la Seguridad Social en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha seis de febrero de mil novecientos noventa y ocho por el Juzgado de referencia que desestima la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La actora Dª. Ana , nacida el 9.9.1958, figura afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000 , encuadrada en el Régimen General./ SEGUNDO.- En fecha 20.6.97, la actora solicitó la suscripción de Convenio especial, dictándose Resolución por la Dirección Provincial de la TGSS., el 4.9.97, denegando la suscripción de Convenio especial solicitada por no tener cubierto un período mínimo de cotización de 1080 días dentro de l0 7 años inmediatamente anteriores a la baja en el correspondiente Régimen de Seguridad Social y no hallarse contratada a tiempo parcial en ninguna empresa. interpuesta reclamación previa no consta haya sido contestada./ TERCERO.- La actora acredita los siguientes periodos de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, a través de las empresas siguientes:

RAZON SOCIAL F. Alta F. Baja Jesús A. Fdez. Pereira 08.09.80 06.03.81 Maconsi S.L. 19.09.89 30.06.90 A tiempo parcial con el coeficiente: 0,500 Maconsi S.L. 03.09.90 30.06.91 fecha efectos alta 3.12.90 Maconsi S.L. 02.09.91 30.06.92 Prestación desempleo. Tiempo parcial 14.09.96 13.05.97/

El 30.06.92, causó baja en la empresa por agotamiento del plazo máximo de la ILT. Durante el periodo 1.7.92 al 13.9.96, permaneció en...

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