STSJ Comunidad de Madrid 386/2006, 7 de Junio de 2006

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2006:8395
Número de Recurso1152/2006
Número de Resolución386/2006
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

ENRIQUE JUANES FRAGA MANUEL POVES ROJAS BENEDICTO CEA AYALA

RSU 0001152/2006

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00386/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.319.92.31

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: RSU 1152-06

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DESPIDO.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 32 de MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 683-05

RECURRENTE/S:DON Mariano

RECURRIDO/S: EUROLIMP S.A.

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID, a siete de junio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON MANUEL POVES ROJAS, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº

En el recurso de suplicación nº 1152-06 interpuesto por el Letrado DON ALBERTO MANSINO MARTÍN, en nombre y representación de DON Mariano, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 32 de los de MADRID, de fecha VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. BENEDICTO CEA AYALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 683-05 del Juzgado de lo Social nº 32 de los de Madrid, se presentó demanda por DON Mariano contra EUROLIMP S.A. en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CINCO, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que desestimando la demanda promovida por Mariano contra EUROLIMP S.A., debo declarar y declaro la procedencia del despido del actor de fecha 7 de julio de 2005, absolviendo a la demandada de los pedimentos deducidos en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante Don Mariano, con D.N.I NUM000, ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada desde el 23 de agosto de 2004, con la categoría profesional de Técnico Medio y un salario mensual bruto prorrateado de 1.791'66 euros. SEGUNDO.- La relación laboral entre las partes se formaliza a través de contrato de trabajo temporal por obra o servicio determinado de 23 de agosto de 2004 ( documento n° 1 del ramo de prueba de ambas partes ) TERCERO.- Mediante carta fechada el 7 de julio de 2005 la empresa comunica al actor el despido disciplinario con efectos desde ese mismo día, en los términos que se recogen en la carta de despido, la cual obra como documento n° 3 A de la empresa y n° 4 de la parte actora, dándose su contenido por reproducido en aras de la brevedad. CUARTO.- El despido del actor fue comunicado al Comité de Empresa, que presentó ante la Dirección un escrito en apoyo del Sr Mariano (documentos n° 3 B de la demandada y n° 5 de la actora). QUINTO.- Con fecha 3 de junio de 2004 el Sindicato CCOO presenta ante el Instituto Laboral escrito introductorio al trámite de conciliación, y mediación contra la empresa EUROLIMP S A con el fin de alcanzar con la empresa un acuerdo sobre las siguientes materias en relación al centro de trabajo Fundación Hospital Alcorcón: plantilla, contratación y ascensos, calendario laboral, seguro de muerte e invalidez, fondo social y local del Comité de Empresa

E1 día 10 de junio de 2004 se celebra el acto con la asistencia de la empresa, la representación social y la Fundación Alcorcón. Por la empresa demandada comparecen el Jefe de Área, Don Pedro y el Abogado de la empresa, Don Braulio. El acto finaliza con avenencia, alcanzándose los siguientes acuerdos:" 1.-En relación al art 8 (plantilla, contratación y ascensos) la empresa se compromete a realizar en el plazo de una semana, la contratación o transformación en contratos indefinidos de las vacantes definitivas producidas.

Así mismo se compromete en un plazo de veinte días a realizar conjuntamente con el comité de empresa un estudio del sistema de trabajo, conforme establece el art 8. 2.-En relación al art 11 (calendario laboral ) la empresa se compromete a entregar el 18 de junio los calendarios de trabajo hasta diciembre de 2004, subsanando los posibles errores que haya en relación con las vacaciones, festivos y descansos, incluyendo el número apropiado de trabajadores. 3.-En relación al art 40 (seguro de muerte e invalidez) la empresa se compromete a entregar en el plazo de quince días copia de la póliza de seguro. 4-En relación al art 43 (fondo social) la empresa manifiesta haber efectuado al día de hoy el pago del segundo trimestre de dicho fondo. 5-En relación al local del Comité, las partes se comprometen en breve plazo de tiempo a buscar una solución satisfactoria al problema planteado "(documento n° 4.a, 4b y 4c de la demandada, cuyo contenido en lo no transcrito se da por reproducido)

SEXTO

El día 25 de octubre de 2004 tiene lugar una reunión entre la representación de los trabajadores y la empresa, a la que asisten en representación de ésta Don Luis Francisco, Don Pedro ; Don Mariano y Don Millán. En dicha reunión se adoptan acuerdos relativos al local del comité de Empresa, Estudio de cargas, Fondo Social, Plantilla y lavado de uniformes, en los términos que se recogen en el documento 4e de la parte demandada, cuyo contenido se da por reproducido.

SEPTIMO

El 28 de octubre de 2004 se celebra una reunión en el centro Fundación Hospital Alcorcón, estando representada la empresa en esa ocasión por el actor, Don Eduardo y Doña Carina. En esta reunión el Comité de Empresa efectúa ciertas propuestas en relación a los turnos de trabajo y la necesidad de ampliar el personal en los términos que se recogen en el documentó n° 4 f de la demandada, cuyo contenido se da por reproducido. OCTAVO.- El día 13 de enero de 2005 tiene lugar una reunión en el centro Fundación Hospital Alcorcón, estando representada la empresa en esa ocasión por el actor y Doña Carina. En la citada reunión se trata los siguientes temas: cuadrante anual; cambio de horario, especialidad en los términos que se recogen en el documento n° 5 a de la demandada, cuyo contenido se da por reproducido. NOVENO.- El día 23 de enero de 2005 tiene lugar una reunión en el centro Fundación Hospital Alcorcón, estando representada la empresa en esa ocasión por el actor, Doña Carina Don Juan Pablo. En la citada reunión se trata el cuadrante anual en los términos que se recogen en el documento n° 5 b de la demandada, cuyo contenido se da por reproducido, si bien conviene destacar que...

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