STSJ Cataluña , 28 de Noviembre de 2001

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2001:14879
Número de Recurso443/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso n° 443 de 1.998 Partes: Dª. Estefanía , Dª. Soledad , D. Ramón , " DIRECCION000 " (formada por D. Octavio , D. Ignacio y Dª. Marcelina), Dª. Begoña , Dª. Mónica , D. Ildefonso y D. Enrique contra el Ayuntamiento de Pallejá

SENTENCIA N° 1.172 Ilmos. Sres.

Presidente Manuel Quiroga Vázquez Magistrados Manuel Táboas Bentanachs Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de noviembre del dos mil uno. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y Fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de Dª. Estefanía , Dª. Soledad , D. Ramón , " DIRECCION000 " (formada por D. Octavio , D. Ignacio y Dª. Marcelina), De. Begoña , Dª. Mónica , Dª. Ildefonso y D. Enrique , representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Bertrán Santamaría y defendidos por el Letrado Sr. Esmerats García-Cascón, contra el Ayuntamiento de Pallejá, representado por el Procurador Sr. Maymó Obradors y defendido por Letrado, en relación con obras y contribuciones especiales, siendo la cuantía del recurso inferior a 3.000.000 pesetas, y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.

Segundo

Conferido traslado a la parte demandada, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendió aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

Tercero

Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 19 de noviembre del 2.001.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la impugnación de la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto por los actores contra las liquidaciones provisionales que les fueron giradas, en cada uno de los casos individuales de importe inferior a 3.000.000 pesetas, para la financiación del proyecto reformado de la red secundaria de alcantarillado del barrio de Fontpineda, contra el mismo acuerdo del Pleno Municipal del Ayuntamiento de Pallejá de imposición y ordenación de las citadas contribuciones especiales, y contra el acuerdo de contratación de las correspondientes obras, acuerdos todos ellos cuya declaración de nulidad se interesa en la demanda.

Segundo

Sostiene la parte actora en primer término la nulidad del acuerdo de imposición y ordenación de las contribuciones especiales, al no haber sido requeridos los propietarios para la constitución de la asociación administrativa de contribuyentes, posibilidad sólo contemplada al publicarse los edictos de aprobación, pero no mediante la previa y necesaria notificación individualizada, así como por no hacerse mención en el edicto de información pública ni en el de aprobación definitiva de su íntegro contenido o de sus determinaciones esenciales.

Al respecto, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona de 26 de noviembre de 1.996 el sometimiento a información pública de un acuerdo provisional de...

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