STSJ Cataluña , 4 de Octubre de 2001

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2001:11828
Número de Recurso2466/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Autos n° 2466/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA RECURSO Nº: 2466/97 PARTES Felix , Luis María , Franco , María Antonieta , Luis Alberto , Gregorio , Sonia , Jesús Ángel , Rebeca , Mercedes , Raúl , Silvia , Carlos Y Rosario C/ AYUNTAMIENTO DE CASTELLDEFELS S E N T E N C I A Nº 891 Ilustrísimos Señores MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ.

BARCELONA, a cuatro de octubre de dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 2466/97, seguido a instancia de Don Felix , Don Luis María , Don Franco , Doña María Antonieta , Don Luis Alberto , Don Gregorio , Doña Sonia , Don Jesús Ángel , Doña Rebeca , Doña Mercedes , Don Raúl , Doña Silvia , Don Carlos y Doña Rosario , representado/a por el/la Abogado Don/Doña ANTONI FERRE MESTRE, contra el AYUNTAMÍENTO DE CASTELLDEFELS, representado por el/la Procurador Don/Doña ASUNCION VILA RIPOLL, sobre Contribuciones especiales.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El 20 de agosto de 1997 la Alcaldia-Presidéncia del Ayuntamiento de Castelldefels dictó Decreto por virtud del que, en esencia, se desestimó el anterior recurso de reposición formulado contra las liquidaciones giradas en concepto de contribuciones especiales, correspondientes al primer pago del 25%, para la realización de determinadas obras de urbanización en el sector denominado El Poál de ese municipio, todas ellas de importe inferior a 3.000.000 pts, atendida la imposición y ordenación acordada mediante Acuerdo del Pleno de 30 de mayo de 1996.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidió el recibimiento del pleito a prueba.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

  5. - Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 4 de octubre de 2001, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión anulatoria ejercitada a nombre de Don Felix , Don Luis María , Don Franco , Doña María Antonieta , Don Luis Alberto , Don Gregorio , Doña Sonia , Don Jesús Ángel , Doña Rebeca , Doña Mercedes , Don...

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