STSJ Murcia , 31 de Diciembre de 2001

PonenteEMILIO PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJMU:2001:3556
Número de Recurso1716/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO 1716/98 SENTENCIA nº 950/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Sres.:

D. Mariano Espinosa de Rueda Jover Presidente D. Joaquín Moreno Grau D. Emilio Pérez Pérez Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 950/01 Murcia, a treinta y uno de diciembre de dos mil uno. En el recurso contencioso-administrativo nº 1716/98, tramitado por las normas de procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada y referido a las obras de remodelación de la Alameda de la Constitución de Lorca.

Parte demandante: META-OPYCÓN, UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, representada por la

Procuradora Doña Elisa Carles Cano-Manuel y dirigida por la Letrada Doña María José Fraile Olea.

Parte demandada: Excmo. Ayuntamiento de Lorca, representado por el Procurador Don Antonio Rentero Jover y dirigido por el Abogado Don Juan Manuel Millán García.

Acto impugnado: Resolución dictada en Comisión de Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Lorca, de fecha 4 de Mayo de 1998, en la que se estima "la solicitud de recepción y abono de la cantidad que resulte de la liquidación a realizar, presentada por la U.T.E. META OPYCÓN, en relación con las obras de remodelación de la Alameda de la Constitución, de las que son empresa adjudicataria, y a tal efecto la misma viene obligada a entrar en contacto con la dirección técnica de las obras al objeto de dar cumplimiento y subsanación de las deficiencias observadas en las obras a que se refiere el informe emitido por dicha dirección facultativa en fecha del día 24 de Abril de 1998, y todo ello, como queda expresado, con carácter previo a la recepción y liquidación de las obras objeto del presente expediente".

Pretensión deducida en la demanda: Que se dicte sentencia en la que se admita el recurso interpuesto por Meta Opycón, Unión Temporal de Empresas, contra la resolución transcrita, dictada en Comisión de Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Lorca, de fecha 4 de Mayo de 1998, y se declare haber lugar a: 1.-Que se le abonen las cantidades pendientes y que en virtud de las certificaciones expedidas ascienden a la cantidad de 19.649.928 pesetas. 2.-Que se certifiquen las obras ejecutadas en septiembre de 1995, y que no lo fueron en su momento, y que ascienden a la cantidad de 1.676.760 pesetas, y se proceda al abono de las mismas. 3.-Que se den las obras por recepcionadas definitivamente al haber transcurrido suficientemente todos los plazos establecidos legalmente, y haber sido entregada la obra al uso público desde el mes de septiembre de 1995. 4.- Que se les abonen los intereses legales de las cantidades adeudadas desde el momento en que deberían haber sido pagadas, hasta la fecha en que efectivamente lo sean, y que salvo error u omisión a la fecha actual (o sea, la fecha de la demanda, 24 de Noviembre de 1998) ascienden a 4.319.499 pesetas. 5.-Y todo ello, con imposición de costas a la parte demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Emilio Pérez Pérez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo 1716/98 se presentó por Doña Elisa Carles Cano-Manuel el día 20 de Julio de 1998. Admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación del recurso en su integridad y la declaración de estar ajustado a Derecho el acto administrativo impugnado.

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

Después de evacuarse el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo el día veintiocho de diciembre de dos mil uno.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Unión Temporal de Empresas (U.T.E.) Meta-Opycon dirigió al Excmo. Ayuntamiento de Lorca una solicitud, recibida por esta Corporación el 12 de Diciembre de 1997, en la que pedía, como contratista de las obras de remodelación de la Alameda de la Constitución de Lorca, que se le abonaran las cantidades pendientes de cobro y que fueron certificadas en su día, se emitieran las certificaciones correspondientes a las obras ejecutadas y que no fueron certificadas y el abono de...

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