STSJ Comunidad de Madrid 831/2006, 31 de Octubre de 2006
Ponente | MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON |
ECLI | ES:TSJM:2006:10860 |
Número de Recurso | 3841/2006 |
Número de Resolución | 831/2006 |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON MARIA ROSARIO GARCIA ALVAREZ MARIA CONCEPCION MORALES VALLEZ
RSU 0003841/2006
T.S.J. MADRID SOCIAL SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 00831/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 4 2006 0016760, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 0003841/2006-P
Materia: RECLAMACIÓN CANTIDAD, ORDINARIO
Recurrente/s: ALEXANDER HUGUES SL, ALEXANDER HUGUES INTERNACIONAL SL
Recurrido/s: Millán
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 18 de MADRID de DEMANDA
0000495/2005
Sentencia número: 831/2006-P
236406
Ilma. Sra. DOÑA M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN
PRESIDENTA
Ilma. Sra. DOÑA M. ROSARIO GARCÍA ALVAREZ
Ilmo. Sra. DOÑA CONCEPCIÓN E. MORALES VALLEZ
__________________________________________________
En Madrid, a treinta y uno de octubre de dos mil seis, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A:
En el recurso de suplicación número 3841/06 interpuesto por ALEXANDER HUGHES, S.L. y ALEXANDER HUGHES INTERNACIONAL, S.L., frente a la sentencia número 162/06, dictada por el Juzgado de lo Social número Dieciocho de los de Madrid, el día 30 de marzo de 2006, en los autos número 495/05, siendo ponente la Ilma. Sra. Doña M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN.
Según consta en autos, se presentó demanda por DON Millán, por reclamación de cantidad, contra ALEXANDER HUGHES, S.L. y ALEXANDER HUGHES INTERNACIONAL, S.L. y en su día se dictó la sentencia que ahora se recurre, que en su parte dispositiva dice:
Estimando en parte la demanda, condeno solidariamente a las empresas ALEXANDER HUGHES SL, y ALEXANDER HUGHES INTERNACIONAL SL a abonar a D. Millán la cantidad de 815,67 euros.
En dicha resolución se declaran probados los siguientes hechos:
"PRIMERO.- D. Millán suscribió contrato de trabajo, en fecha 7 de diciembre de 2000, con la empresa ALEXANDER HUGHES, SL, con la categoría de Jefe de Delegación en el centro de trabajo c/ Velázquez nº 24.
El actor tenía tarjetas de visita de ALEXANDRE HUGHES, consta en las mismas Consultor Gerente.
Percibía la retribución mediante nóminas, en las que consta como retribución, en las nóminas de diciembre de 2000 a diciembre de 2001, por importe de cada mes de 375.000 Ptas.
En las páginas de Internet de la empresa consta como correo del actor alexanderhughes.com.
El objeto social de ALEXANDER HUGHES, SL. es:
"Consultoría de recursos humanos en el más amplio de los sentidos, asesoramiento a personas físicas y jurídicas en el área de personal, incluyendo cualquier tipo de prestación, realización y ejecución de servicios, etc." (Folio 70).
D. Hugo es Consejero y Secretario; VERCOUNT, SL. es Consejero Delegado y Presidente D. Rubén sujeto a VERCOUNT, SL.
ALEXANDER HUGHES INTERNACIONAL, SL. tiene como objeto social: "Consultoría de recursos humanos en el más amplio de los sentidos" (folio 75).
D. Hugo es Consejero; D. Juan Antonio, Presidente; D. Rubén, Vicepresidente.
En ambas sociedades hay otros Consejeros.
D. Carlos, domiciliado en c/ DIRECCION000 NUM000, y Doña María Angeles, vecina de Madrid, c/ Carranza 12, constituyen la sociedad CPR EXECUTIVE SEARCH CONSULTANTS, SL. el 4 de diciembre de 2001.
El actor suscribe todas las participaciones salvo 1 que suscribe Doña María Angeles.
El objeto social es: "La prestación de servicios de asesoramiento, consulta y orientación a terceras personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, en temas fiscales, laborales, contables, jurídicos y medio ambiente" (folio 132).
Se inscribe como empresario en el sistema de Seguridad Social.
En diciembre de 2002, acuerdan verbalmente el actor y ALEXANDER HUGHES la terminación de la relación laboral. Comienza la contratación verbal de la prestación de servicios de asesoría entre la empresa creada por el actor y ALEXANDER HUGHES INTERNACIONAL, SL.
La empresa CPR EXECUTIVE SEARCH CONSULTANTS, SL., con domicilio en c/ Velázquez 24 - 4° D - Madrid, emitía facturas a ALEXANDER HUGHES INTERNACIONAL, SL., en c/ Velázquez n 24 - 4° D, por honorarios por los servicios de asesoría correspondientes a cada uno de los meses des año 2002, por importe de 2.614,40 euros más IVA.
En febrero, emitió además otra por 601,01 euros más IVA. En años 2003 y 2004, por importe de 2.718,98 euros más IVA. CPR EXECUTIVE SEARCH CONSULTANTS, SL. emite factura a PREMIER DE AUTOMOCIÓN, SL. de la venta de coche Volvo, matrícula 6000 BDM (folio 113).
Cuando se transfiere el importe de las facturas, el banco hace constar como concepto "nómina".
El 2 de diciembre de 2004, D. Carlos, en su propio nombre y en representación de CPR EXECUTIVE SEARCH CONSULTANTS, SL., y D. Hugo, en representación de ALEX HUGHES INTERNACIONAL, SL., pactan:
"Rescindir el contrato verbal de prestación de servicios que CPR E.S.C., SL., viene prestando a favor de ALEXANDER HUGUES INTERNACIONAL, SL., dejándolo sin efecto alguno a partir de la fecha de este documento.
Comprometiéndose ALEXANDER HUGHES INTERNACIONAL, SL. a pagar en concepto de liquidación / indemnización por la cancelación de la relación mercantil habida la suma de 16.313,00 euros, pagaderos en 5 pagos mensuales correlativos de 3.262,77 euros, cada uno, para lo cual CPR E. S. C., SL. presentará la correspondiente factura en los siguientes vencimientos:
-
30/12/04
-
30/01/05
-
28/02/05
-
30/03/05
-
30/04/05
D. Carlos, en su propio nombre y en el de CPR E. S. C., SL., se dan por saldados y finiquitados con el buen fin de los pagos acordados".
(Folio 126).
Y en el propio escrito, el actor firma recibí de conformidad el importe de 16.313 euros con fecha 24 de enero de 2005 (folio 145).
El actor ha emitido facturas a otras empresas; así al Diario El País, SL. las facturas n° A001/2004 y A002/2004 de 15 de julio de 2004, 15.000 euros y 4.508 euros respectivamente, factura A003/04 de 29 de octubre de 2004 por 9.016 euros más IVA.
El concepto es por búsqueda y selección para unos puestos de trabajo (folio 156).
ALEXANDER HUGHES INTERNACIONAL SL, en la declaración anual de operaciones con terceras personas, hace constar como declarado: ALEXANDER HUGHES, importe operación 77.912,08 euros y 150.634,97 euros, CPER EXECUTIVE 34.694,22 euros, ESTUDIOS TRIBUTARIOS VELAZQUEZ 31.427 euros.
En el listado asientos en curso:
FECHA CONCEPTO DEBE PTA HABER PTA
DEBE EURO HABER EURO
-------------------------------------------------
24.1.05 Indemniz. Finiquito CPR E 2.714.255
16.313,00
24.1.05 Pago caja efectivo CPR EX 2.714.255
16.313.00
24.1.05Indemniz.Finiquito CPR E 2.714.255
16.313.0
24.1.05Pagopor caja efectivo CPR Ex 2.714.255
16.313.0
----------------------------------------------------
(folio 31)
En libro mayor:
24.1.2005 Pago efectivo CPR EX 16.133
PRIMERO. Cuando se necesitaba para un cliente de ALEXANDER HUGHES...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Del abogado autónomo al abogado trabajador por cuenta ajena: la relación laboral especial de los abogados al servicio de despachos profesionales
...sobre los criterios determinantes de la diferenciación entre contrato de trabajo y arrendamiento de servicios en la abogacía, STSJ Madrid de 31 de octubre de 2006 (AS 2007/257). [52] Para un estudio de las «zonas grises» entre el trabajo subordinado o dependiente y el trabajo autónomo, véas......