STSJ Murcia 192/2008, 18 de Febrero de 2008

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2008:408
Número de Recurso109/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución192/2008
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00192/2008

ROLLO Nº: RSU 00109/2008

46050

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a dieciocho de Febrero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Luis Manuel, contra la sentencia número 0500/2007 del Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, de fecha 10 de octubre, dictada en proceso número 0493/2007, sobre contrato de trabajo, y entablado por don Luis Manuel frente a Ministerio de Defensa.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante viene prestando servicios para el organismo demandado en el Cuartel General de la Fuerza de Acción Marítima, con categoría profesional de técnico superior. SEGUNDO. En la relación de puestos de trabajo aprobada por resolución de 25 de mayo de 2005 no se ha asignado al puesto del actor el complemento singular de puesto de trabajo. TERCERO. Para el desempeño de su puesto de trabajo en el servicio de inteligencia el actor tiene concedida una habilitación de seguridad de la OTAN para el manejo de información confidencial de dicho organismo. CUARTO. El complemento singular de puesto de trabajo en su modalidad AR2 desde febrero de 2006 hasta la fecha de la demanda junio de 2007) asciende a la cantidad total de 2.901,06 euros. QUINTO. El demandante interpuso reclamación administrativa previa, que fue desestimada por silencio administrativo; y el fallo fue del tenor siguiente: ""Que desestimando la demanda interpuesta por don Luis Manuel, absuelvo al Ministerio de Defensa de las retensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la Letrada doña Raquel Fernández López, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena en el proceso 493/2007, se dictó sentencia el 10 de octubre, desestimando las pretensiones de la demanda interpuesta por don Luis Manuel.

Ante lo cual la parte actora entabló recurso de suplicación en solicitud de una sentencia de esta sala que, revocando la de instancia, declare el derecho del actor al complemento singular de su modalidad AR2, al cumplir con los requisitos exigidos para su concesión.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Se ampara en el apartado b) del art. 191 de la LPL para que se revise el hecho probado tercero, proponiendo la siguiente redacción alternativa: "El actor presta servicios en su destino (Sección de Inteligencia E.M. ALMART) y Subregistro Secundario OTAN ALMART) como es la inteligencia exterior, organización, documentación secreta, publicaciones clasificadas, vigilancia radiológica ambiental, plan de emergencia nuclear, manejo de programas y bases de datos clasificadas. En el Subregistro, destino que desarrolla conjuntamente con la Sección de Inteligencia de ALMART realiza funciones con un alto grado de...

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