STSJ Comunidad de Madrid 1215/2005, 20 de Octubre de 2005
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
ECLI | ES:TSJM:2005:10360 |
Número de Recurso | 2362/1996 |
Número de Resolución | 1215/2005 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
ALFREDO ROLDAN HERREROFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA
Recurso nº 2362/96
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 01215/2005
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO Nº 2362/96
SENTENCIA Nº 1215
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Francisca Rosas Carrión
D.Francisco Javier Sancho Cuesta
En Madrid, a veinte de octubre de dos mil cinco.
Vistos los autos del recurso número 2362/96 que ante esta Sala ha promovido el Procurador Sr. Granizo Palomeque, en nombre y representación de Fabián Martín, S.L. y D. Jose Daniel, sobre contratación. Ha sido parte INSALUD representada por el Procurador Alvarez Wiese y como codemandado Ambulancias Salmantinas, S.L. U.T.E. representada por el Letrado Sr. Garrido de la Parra. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero .
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 1-8-96 acordándose su admisión en fecha 9-9-96 con todo lo demás procedente en derecho.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 31-1-97, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos, con derecho a indemnización.
Ni INSALUD, ni el codemandado contestaron a la demanda.
Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 13-2-97, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.
Con fechas 31-3-97 y 13-6-97 se personaron las partes demandadas.
Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y fallo el día 13-10-05 en que tuvo lugar.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución del Ministerio de Sanidad de fecha 10-6-96 que inadmitió recurso ordinario contra resolución de la Dirección General del INSALUD de fecha 13-6-95 que adjudicó a la codemandada Ambulancias Salmantinas S.L. el concurso para la contratación del servicio de transporte sanitario para beneficiarios de la Seguridad Social en Salamanca.
La resolución definitiva inadmite el recurso basándose en que la resolución de 13-6-95 agotaba la vía administrativa por ser el INSALUD una Entidad Gestora de la Seguridad Social y como tal entidad de derecho público con capacidad jurídica propia (art. 59 de la Ley General de la Seguridad Social aprobaba por R. D. Legislativo 1/94 de 20 de julio) sin superior jerárquico y como persona distinta del Estado, debiendo haberse acudido directamente a la via jurisdiccional.
Esta resolución no tenemos necesidad de decir si es o no acertada en el fondo, y ello porque la...
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