STSJ Comunidad de Madrid 1215/2005, 20 de Octubre de 2005

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2005:10360
Número de Recurso2362/1996
Número de Resolución1215/2005
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

ALFREDO ROLDAN HERREROFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA

Recurso nº 2362/96

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 01215/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO Nº 2362/96

SENTENCIA Nº 1215

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Francisca Rosas Carrión

D.Francisco Javier Sancho Cuesta

En Madrid, a veinte de octubre de dos mil cinco.

Vistos los autos del recurso número 2362/96 que ante esta Sala ha promovido el Procurador Sr. Granizo Palomeque, en nombre y representación de Fabián Martín, S.L. y D. Jose Daniel, sobre contratación. Ha sido parte INSALUD representada por el Procurador Alvarez Wiese y como codemandado Ambulancias Salmantinas, S.L. U.T.E. representada por el Letrado Sr. Garrido de la Parra. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 1-8-96 acordándose su admisión en fecha 9-9-96 con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 31-1-97, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos, con derecho a indemnización.

TERCERO

Ni INSALUD, ni el codemandado contestaron a la demanda.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 13-2-97, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.

QUINTO

Con fechas 31-3-97 y 13-6-97 se personaron las partes demandadas.

SEXTO

Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y fallo el día 13-10-05 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución del Ministerio de Sanidad de fecha 10-6-96 que inadmitió recurso ordinario contra resolución de la Dirección General del INSALUD de fecha 13-6-95 que adjudicó a la codemandada Ambulancias Salmantinas S.L. el concurso para la contratación del servicio de transporte sanitario para beneficiarios de la Seguridad Social en Salamanca.

SEGUNDO

La resolución definitiva inadmite el recurso basándose en que la resolución de 13-6-95 agotaba la vía administrativa por ser el INSALUD una Entidad Gestora de la Seguridad Social y como tal entidad de derecho público con capacidad jurídica propia (art. 59 de la Ley General de la Seguridad Social aprobaba por R. D. Legislativo 1/94 de 20 de julio) sin superior jerárquico y como persona distinta del Estado, debiendo haberse acudido directamente a la via jurisdiccional.

TERCERO

Esta resolución no tenemos necesidad de decir si es o no acertada en el fondo, y ello porque la...

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