STSJ Islas Baleares , 3 de Diciembre de 2002
Ponente | PABLO DELFONT MAZA |
ECLI | ES:TSJBAL:2002:1433 |
Número de Recurso | 1376/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 3 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA N° 990 En la ciudad de Palma de Mallorca a tres de diciembre del año dos mil dos. ILMOS SRS. D. Gabriel Fiol Gomila. MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza. D. Fernando Socias Fuster.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos N° 1376 de 2001, seguidos entre partes; como demandante, Electromecánica Soler, Sociedad Limitada, representada por el Procurador D. Gabriel Buades Salom, y asistida del Letrado D. Joan Sánchez Gómez; y como Administración demandada, el Ayuntamiento de Formentera, no comparecido.
El objeto del recurso es el acto presunto por el que se entiende desestimada la solicitud presentada el 23 de julio de 2001 en relación a devolución de la garantía definitiva depositada a raíz del contrato administrativo para la ejecución del proyecto técnico de las obras de acondicionamiento del camino rural de Es Arenals.
La cuantía del recurso se ha fijado 6.567,11 euros.
Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.
Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso fue interpuesto el 23 de noviembre de 2001, admitiéndose a trámite por providencia del día 11 de diciembre siguiente, reclamándose el expediente administrativo y anunciándose mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.
La demanda se formalizó el 10 de junio de 2002, solicitando la estimación del recurso y la imposición de las costas del juicio. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni trámite de vista o conclusiones.
El Ayuntamiento no contestó a la demanda.
El 6 de septiembre de 2002 la actora, tras la devolución del aval presentado, ha ceñido su pretensión a la indemnización por daños y perjuicios y la imposición de las costas.
Por providencia de 22 de noviembre, se señaló el día 3 de diciembre siguiente para la votación y fallo del recurso.
Hemos descrito en el encabezamiento cual es el acto presunto contra la que se dirige el presente recurso contencioso-administrativo.
El 14 de agosto de 1997 la Administración aquí demandada, Ayuntamiento de Formentera, mediante acuerdo del Pleno, aprobó el proyecto de obras de acondicionamiento del camino rural de Es Arenals y el 26 de junio siguiente aprobó el pliego de cláusulas administrativas, el expediente de contratación por el procedimiento abierto de subasta, la autorización del gasto y el anuncio de licitación de dicha obra.
Pues bien, adjudicado a la recurrente el 25 de septiembre de 1998, el contrato fue suscrito el 28 de octubre de 1998 y el 9 de agosto de 1999 se suscribió acta de recepción de dichas obras.
El 1 de agosto de 2000, poco antes pues de que transcurriese el plazo de un año desde la recepción de las obras y se agotase así el término de garantía, se solicitó la devolución del aval, lo que se reiteraría el 13 de julio de 2001, añadiéndose ahora la solicitud de indemnización por el perjuicio derivado de que el aval no hubiese sido...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba