STSJ País Vasco , 15 de Enero de 2003

PonenteROBERTO SAIZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJPV:2003:205
Número de Recurso2918/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2918/98 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 33/03 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Dª ANA ISABEL RODRIGO LANDAZÁBAL MAGISTRADOS:

D. LUIS ÁNGEL GARRIDO BENGOECHEA D. ROBERTO SÁIZ FERNÁNDEZ En la Villa de BILBAO, a quince de enero de dos mil tres.

La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 2918/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la Circular de la Viceconsejería de Presupuestos y Control Económico y de la Viceconsejería de la Función Pública del Gobierno Vasco, de 15 de diciembre de 1997, en relación al procedimiento de contratación de personal temporal durante 1998.

Son partes en dicho recurso: Como recurrente: LANGILE ABERTZALEEN BATZORDEA L.A.B., representada y dirigida por el Letrado KOLDOBIKA ALBERTA MARCOS MEJIA.

Como demandada: ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO, representada y dirigida por el ABOGADO DEL GOBIERNO VASCO.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. ROBERTO SÁIZ FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 6 de Julio de l998, tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. KOLDOBIKA ALBERTA MARCOS MEJIA, actuando en nombre y representación de LANGILE ABERTZALEEN BATZORDEA (L.A.B.), interpuso recurso contencioso-administrativo contra contra la Circular de la Viceconsejería de Presupuestos y Control Económico y de la Viceconsejería de la Función Pública del Gobierno Vasco, de 15 de diciembre de 1997, en relación al procedimiento de contratación de personal temporal durante 1998; quedando registrado dicho recurso con el número 2918/98.

El presente recurso, por disposición legal, se reputa de cuantía indeterminada.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que con estimación de lo alegado, proceda a la anulación de la Circular de la Viceconsejería de presupuestos y control económico y de la Viceconsejería de la Función Pública del Gobierno Vasco de l5 de Diciembre de l.997, en relación al procedimiento de contratación de personal temporal durante l.998.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se inadmita el presente recurso, de conformidad con lo dispuesto en el art. 69 c) de la Ley 29/l.998, de l3 de Julio, o, subsidiariamente, desestime el recurso en todos sus pedimentos, e imponiendo las costas a la parte recurrente.

CUARTO

El procedimiento no se recibió a prueba por no haberlo solicitado las partes ni estimarlo necesario el Tribunal.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 07/0l/03, se señaló el pasado día 08/01/03 para la votación y fallo del presente recurso.

SÉPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

DE DERECHO

PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso administrativo nº 2918 de 1998, por el Letrado, D. Koldobika Alberta Marcos Mejía, en representación del Sindicato Langile Abertzaleen Batzordeak (LAB), contra la Circular de la Viceconsejería de...

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