STSJ Extremadura , 31 de Octubre de 2001
Ponente | ISAAC MERINO JARA |
ECLI | ES:TSJEXT:2001:2257 |
Número de Recurso | 1595/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 1748 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY.
MAGISTRADOS DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a TREINTA Y UNO de OCTUBRE de dos mil uno.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 1595 de 1998, promovido por el/la Procurador/a D/Da MARÍA DOLORES MARIÑO GUTIÉRREZ, en nombre y representación del recurrente DOÑA Frida , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución del T.E.A.R. de Extremadura de fecha 27.02.98 recaída en expediente número 6/1232/97 relativo a Impuestos Especiales.
Cuantía 125.000 pts.
Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO.- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO.- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ISAAC MERINO JARA.
El presente recurso, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Dolores Marino Gutiérrez, en nombre y representación procesal de Dª. Frida , se dirige contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, de 27 de febrero de 1998, recaída en la reclamación núm. 06/1232/97, interpuesta contra resolución de del Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, fechada el 25 de julio de 1997, mediante la que se impuso una sanción de 100.000 pesetas, así como el decomiso del tabaco intervenido, como consecuencia de la comisión de una infracción, comprendida en el caso d) del número 1 del artículo 2, en relación con el 11 de la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando.
El día 6 de mayo de 1997 por funcionarios de la 131 Comandancia de la Guardia Civil (Badajoz) se extendio acta por presunta infracción administrativa de contrabando, tras comprobar que en el "Bar DIRECCION000 ", de la localidad de Garlitos (Badajoz) se vende tabaco al por menor a los...
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