STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Febrero de 2001

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2001:2066
Número de Recurso1033/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO N° 1.033/96 SENTENCIA N° 159 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:

Presidente:

Don José Félix Méndez Canseco Magistrados:

Doña Francisca Rosas Carrión Doña Elvira Adoración Rodríguez Martí

Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Don Enrique Calderón de la Iglesia En la Villa de Madrid a catorce de febrero del año dos mil uno. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.033 de 1.996, interpuesto por Inés , representada por la Procuradora Doña Virginia Aragón Segura y asistida por el Letrado Don Juan José

Gómez Isidro contra el Decreto del Excmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid de fecha 7 de Febrero de 1.996, que desestimaba el recurso interpuesto contra el Decreto de 18 de Agosto de 1.995 del Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Villaverde del Ayuntamiento de Madrid que impuso a la recurrente una sanción consistente en multa de 20.000 pesetas por producir ruidos a gran volumen con instrumentos musicales en la Calle DIRECCION000 n° NUM000 piso NUM001 DIRECCION001) de Madrid. Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Don Luis Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda el día 15 de Julio de 1.997 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que se anulara el acto administrativo recurrido, condenando a la administración al archivo de todo lo actuado y al pago de las costas.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador Don Luis Fernando Granados Bravo para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 29 de Febrero de 2000, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando la desestimación integra del recurso.

TERCERO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedio a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y Fallo del presente recurso el día 8 de Febrero de 2.001 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpuso por la representación procesal de Inés recurso contencioso administrativo, contra el Decreto del Excmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid de fecha 7 de Febrero de 1.996, que desestimaba el recurso interpuesto contra el Decreto de 18 de Agosto de 1.995 del Concejal Presidente de la Junta Municipal del Distrito de Villaverde del Ayuntamiento de Madrid que impuso a la recurrente una sanción consistente en multa de 20.000 pesetas por producir ruidos a gran volumen con instrumentos musicales en la Calle DIRECCION000 n° NUM000 piso NUM001 DIRECCION001) de Madrid.

SEGUNDO

La sanción impuesta fue a consecuencia de infringir el artículo 53 de las Ordenanzas de Policía urbana y gobierno de la Villa de Madrid aprobada por acuerdo plenario de 16 de julio de 1948, que establece textualmente que "Sólo se permitirá el uso de aparatos radiofónicos a una sonoridad media, y siempre que no perturbe a los vecinos. Durante las horas de las dos y media a las cuatro de la tarde, en verano, y desde las doce de...

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