STSJ Murcia , 9 de Febrero de 2001

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2001:315
Número de Recurso3355/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº3355/97 SENTENCIA nº70/2001 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA compuesta por D. José Abellán Murcia Presidente Dª Esperanza Sánchez de la Vega D. Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 70/2001.

En Murcia, a nueve de febrero de dos mil uno. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 3355/97, tramitado por las normas ordinarias, en 591.963 ptas. de cuantía, y referido a: Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.

Parte demandante:

D. Juan Ignacio , representada por el Procurador D. Fernando García Morcillo y dirigida por la Letrada Dª María Luisa López Turpín.

Parte demandada:

Ayuntamiento de Murcia, representada por la Procuradora Dª Josefa Gallardo Amat y dirigida por la Letrada Dª Ana María Vidal Maestre.

Acto administrativo impugnado:

Decreto de 28 de octubre de 1997 dictado en el expediente 826/95.

Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia en la que se anule la resolución impugnada, con imposición de costas a la demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr.D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 24 de diciembre de 1997, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada ha solicitado la desestimación de la demanda por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día veinticuatro de enero de dos mil uno. II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Como consecuencia de la construcción de un edificio, destinado a vivienda, en la Finca El Perdiguero, situada en la Crta. Nacional 301, El Palmar, y con una superficie construida de 213,60 m2 de semisótano, 299 m2 de vivienda y 37 m2 de porche, ejecutada sin licencia, se levantó por la Inspección de Tributos Municipales Acta de Prueba Preconstituida en la que se incorporaba una propuesta de liquidación y de sanción por una deuda tributaria en 591.963 ptas. de cuantía. Mediante Decreto de 21 de agosto de 1997 se aprobó la citada liquidación contra la que se interpuso recurso de reposición que fue desestimado por Decreto de 28 de octubre del mismo año, acto contra el que se interpone el presente proceso contencioso administrativo.

SEGUNDO

Los motivos de impugnación alegados por la parte recurrentes son, en síntesis, los siguientes: a)Defectos...

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