STSJ Castilla-La Mancha , 27 de Febrero de 2002

PonenteMARIANO MONTERO MARTINEZ
ECLIES:TSJCLM:2002:532
Número de Recurso1757/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1757/1998 Guadalajara TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE Castilla-La Mancha.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Magistrados, Iltmos. Sres.:

D. José Borrego López, Presidente.

D. Mariano Montero Martínez.

D. Miguel Angel Pérez Yuste.

S E N T E N C I A Nº

En Albacete, a veintisiete de febrero de 2002.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1757 de 1998 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de TEFESAN, S.L., representada por el Procurador Sr. Cantos Galdámez y defendida por el Letrado Sr. Fabre Dorado, contra el AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA, representado y dirigido por el Letrado Sr. De la Torre Mora, en materia de solicitud de devolución de ingresos indebidos. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha veintitres de octubre de 1998 recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Guadalajara, de fecha dieciséis de julio de 1998, por la que se desestimó el recurso de reposición entablado por la actora contra resolución del mismo órgano de ocho de mayo inmediato anterior que había rechazado la devolución de ingresos indebidos, de liquidaciones del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia que declarara la nulidad de las resoluciones impugnadas.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el diecinueve de febrero de 2002, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Impugna la actora la resolución de la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Guadalajara, de fecha dieciséis de julio de 1998, por la que se desestimó el recurso de reposición entablado por la actora contra resolución del mismo órgano de ocho de mayo inmediato anterior que había rechazado la devolución de ingresos indebidos, de liquidaciones del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Segundo

La actora, que tenía el propósito de realizar una determinada edificación en Guadalajara, proyectó la misma y abonó, en fecha 18.12.92, la liquidación provisional correspondiente al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, la que viene regulada en el art. 104.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; finalmente la obra no llegó ni a iniciarse, aspecto sobre el que no queda duda alguna en el caso presente, y la licencia de obras se declaró caducada en sesión de la Comisión de Gobierno del...

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