STSJ Navarra , 28 de Junio de 2002

PonenteFELIPE FRESNEDA PLAZA
ECLIES:TSJNA:2002:822
Número de Recurso19/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a veintiocho de junio de dos mil dos. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 19/01, promovido contra Acuerdo del Gobierno de Navarra de 10-4-00 desestimatorio del recurso de alzada interpuesto contra la Orden Foral 756/99, de 16 de junio de la Consejería de Medio Ambiente , siendo en ello partes: como recurrente D. Pedro Antonio , representado por el procurador Sr. Echauri y dirigido por el letrado Sr. Larumbe; y como demandado GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por su Asesor Jurídico Letrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación procesal de la parte actora interpuso recurso contencioso- administrativo contra resolución expresada en el encabezamiento.

SEGUNDO

Reclamado el expediente administrativo, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1.998, y una vez que fue remitido este, se dió traslado a la parte recurrente para que formulara la demanda, lo que hizo en término legal, alegando, esencialmente: a) prescripción de la infracción, al haber transcurrido más de 6 meses de interrupción de los trámites procedimentales desde que fue declarado por el Juzgado de Instrucción de Aoiz el archivo de las actuaciones mediante auto de 16 de marzo de 1.998; b) falta de transcendencia penal de la actuación sancionada por la Administración, al no estar efectuándose la acción de cazar frente a lo que se expresa en el pliego de cargos.

TERCERO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda, alegando la legalidad del acuerdo recurrido.

CUARTO

Las partes solicitaron el recibimiento del juicio a prueba, habiéndose acordado de conformidad con lo solicitado, y practicado la que consta en las actuaciones.

QUINTO

No habiéndose solicitado por las partes la celebración de vista, ni formulación de escrito de conclusiones, conforme a los artículo 62 y siguientes de la LJCA se declaró el juicio concluso para sentencia.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FELIPE FRESNEDA PLAZA

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se plantea en el presente recurso jurisdiccional, la impugnación del acuerdo del Gobierno de Navarra de 10 de abril de 2.001 por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Orden Foral 756/1999, de 16 de junio de la Consejería de Medio Ambiente por la que se sanciona al recurrente como autor de dos faltas leves y una grave en materia de caza, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre.

La parte recurrente alega, esencialmente: a) prescripción de la infracción, al haber transcurrido más de 6 meses de interrupción de los trámites procedimentales desde que fue declarado por el Juzgado de Instrucción de Aoiz el archivo de las actuaciones mediante auto de 16 de marzo de 1.998; b) falta de transcendencia penal de la actuación sancionada por la Administración, al no estar efectuándose la acción de cazar frente a lo que se expresa en el pliego de cargos.

SEGUNDO

En relación con la alegación de prescripción de las infracciones leves, prescripción que tiene lugar a los 6 meses de la comisión de la infracción, de conformidad con el artículo 123 de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, ha de afirmarse que el artículo 133 de la Ley 30/92 plasma en el ámbito normativo administrativo el principio "ne bis in idem, deduciéndose de ello la prioridad del orden jurisdiccional penal, de forma tal que hasta que no recaiga resolución por dicho orden jurisdiccional no...

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