STSJ Andalucía 90/2004, 13 de Enero de 2004

PonenteANTONIO ANGULO MARTÍN
ECLIES:TSJAND:2004:247
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución90/2004
Fecha de Resolución13 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Social

1

J.G.

Sent. Núm. 90/2004

Iltmo. Sr. D. Antonio Angulo Martín

Presidente

Iltmo. Sr. D. Emilio León Solá

Iltmo. Sr. D. José Mª Capilla Ruiz Coello

Magistrados

En la Ciudad de Granada, a trece de Enero de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 1.797/2003, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de los de Almería en fecha 12 de Febrero de 2.003 en Autos núm. 417/2001, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Antonio Angulo Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Jose Carlos sobre DESEMPLEO contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 12 de Febrero de 2.003, por la que estimando la demanda interpuesta por el actor, reconocía el derecho del mismo a percibir la prestación de desempleo solicitada en la cuantía y por el tiempo que reglamentariamente proceda.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor, D. Jose Carlos , cuyas demás circunstancias personales constan en las actuaciones, solicitó prestación por desempleo.

    La actora había prestado sus servicios para la empresa Gráficas Murgis, S. L., desde el día 1-IV-92 hasta el día 19-1-01, desarrollando las funciones propias de la categoría profesional de trabajador de artes gráficas. La relación de trabajo finalizó por despido, que fue declarado improcedente ante el CMAC.

    La empresa Gráficas Murgis, S. L., cuyo objeto social era la impresión de textos o imágenes por cualquier sistema o procedimiento, tales como tipografía, huecograbado, serigrafía, flexografía, litografía, calcografía, estampación de relieves, multicopistas, etcétera, la impresión de prensa diaria, la comercialización de industrias auxiliares complementarias, la composición de textos y la encuadernación a mano o artesana, por medios mecánicos y automatizados.

    En el artículo siete de los Estatutos Sociales se establece que la Sociedad se regirá por la Junta General de socios, y será administrada y representada por un Órgano de Administración, integrado por tres a siete administradores, que podrá nombrar los Consejeros Delegados que convengan con las facultades y forma de actuación que acuerden.

    Las facultades de este Órgano de Administración vienen establecidas en el artículo trece.

    El actor era presidente del Órgano de Administración, y uno de los tres Consejeros Delegados que integraban el mismo, estableciéndose que, para ejercitar las facultades establecidas en el artículo trece de los Estatutos Sociales, han de actuar al menos dos Consejeros Delegados conjuntamente.

    D. Jose Carlos poseía el 23,73 % del capital social.

  2. - La Entidad Gestora demandada procedió a denegar la concesión de la prestación solicitada, por entender que el actor no era trabajador por cuenta ajena, en cuanto era miembro del Órgano de Administración de la empresa Gráficas Murgis, S.L.

  3. - La base reguladora de la prestación es de 190.500 pts.

Tercero

Notificada la Sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por la parte demandada, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado de contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por el cauce del apartado b) del Art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, se solicita por el Instituto Nacional de Empleo la revisión de los hechos que se declaran probados en la Sentencia de instancia, en los términos siguientes:

- Que al primero se añada "...estando delegadas las facultades del Órgano de...

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