STSJ Comunidad de Madrid 614/2007, 9 de Octubre de 2007

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Octubre 2007
Número de resolución614/2007

RSU 0003676/2007

Sentencia nº 614

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª

MADRID

Ilmo. Sr. D. Juan José Navarro Fajardo :

Presidente :

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz:

Ilmo. Sra. Dª Elena Pérez Pérez:

En Madrid, a 9 de octubre de 2007.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 614

En el recurso de suplicación 3676/07 interpuesto por D. Gabriel representado por el Letrado D. JOSÉ PLAZA VALVERDE, contra AUTO dictado por el Juzgado de lo Social NUM. 30 DE Madrid en autos núm. 1125/06 siendo recurridos AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A., representada por la Letrada Dª MARÍA MARTÍNEZ-AVIAL GUERRA, OIKIA REAL ESTATE, S.L.U., Y COMO ADMINISTRADORES CONCURSALES, Jesús Ángel, Bartolomé y LA AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, en la persona de su representante legal D. JAVIER GRÁVALOS OLIVELLA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Gabriel contra AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A., OIKIA REAL ESTATE, S.L.U., Jesús Ángel Y Bartolomé en reclamación sobre RESOLUCIÓN DE CONTRATO en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Que con fecha 27 de marzo de 2007 se dictó Auto declarando la Falta de Jurisdicción del Orden Social para conocer dicha cuestión.

SEGUNDO

Que contra dicho Auto de interpone Recurso de Reposición por D. Gabriel, al cual se opone AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A., recurso que es desestimado por Auto dictado el 4 de mayo de 2007.

TERCERO

Contra dicha Auto se interpuso recurso de suplicación por D. Gabriel, siendo impugnado de contrario, por AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A.. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso el pase de los mismos a Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la resolución de instancia que declaró la falta de jurisdicción de los juzgados de social para conocer de la demanda formulada por la parte actora, remitiendo a las partes para su planteamiento por los trámites del incidente concursal y ante el juez del concurso se interpone el presente recurso de suplicación por el trabajador.

En la demanda formulada se solicitaba que se declarara la extinción del contrato que ligaba al demandante con las empresas AFINSA BIENES TANGIBLES SA, OIKIA REAL STATE SLU por incumplimiento contractual de éstas últimas.

Para resolver la cuestión litigiosa se debe partir de que el actor ostenta la condición de Director General y Vocal del Consejo de Administración de AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A. y que recibe una retribución mensual fija de 35.675,58 euros y una cantidad variable de 5.200 euros por asistir a las reuniones del Consejo de Administración.

El artículo 8. de Ley 22/2003, de 9 de julio,...

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